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Reportaje:CRÓNICA EN VERDE

La naturaleza compartida

La gestión descentralizada de los parques nacionales es la norma en el resto de Europa

Las principales organizaciones ecologistas de ámbito nacional han escogido duros calificativos a la hora de valorar la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que otorga a las comunidades autónomas, en exclusiva, las competencias de gestión en los parques nacionales. A juicio de Ecologistas en Acción, SEO-Birdlife y WWF-Adena, el fallo del Constitucional supone un "golpe mortal a la red de parques nacionales y un claro retroceso que sólo viene a satisfacer las pretensiones de algunas comunidades autónomas". En definitiva, concluyen estos colectivos, el nuevo criterio "no aporta nada nuevo ni positivo a la conservación de la biodiversidad de estos espacios".

En idénticos términos se han expresado profesionales implicados en tareas ambientales, como es el caso de los ingenieros técnicos forestales. El colegio oficial que los agrupa considera la sentencia como "una mala noticia para la conservación de la naturaleza en España", ya que ceder la gestión de los parques nacionales a las comunidades autónomas supone "exponerlos a mayores presiones sociales y económicas locales". No es de extrañar, por tanto, que este colectivo defienda el modelo de cogestión que venía funcionando hasta ahora, por considerarlo "el más lógico". Incluso sostienen que este modelo ha hecho posible una buena gestión de estos territorios "independientemente del color político del gobierno de la nación".

Con todo, han sido precisamente los conflictos entre administraciones de distinto signo político los que en su día llevaron a la Junta a buscar el arbitrio del Tribunal Constitucional, ya que la pretendida cogestión estaba siendo administrada con notable cicatería desde Madrid.

También resulta paradójico el argumento de las presiones locales como factor que puede alterar la conservación de los parques ya que, invirtiéndolo, también podría defenderse que las comunidades autónomas conocen mejor los problemas de sus propios territorios y son más sensibles, por pura cercanía, a las inquietudes que manifiestan todos aquellos colectivos relacionados de alguna manera con estos territorios excepcionales. Sin embargo, este factor tiene un notable peso en buena parte del movimiento ecologista andaluz, que no perdona al Gobierno autonómico el haber sido tolerante con actuaciones como la de Costa Doñana, la macrourbanización que originó una contundente reacción en defensa del cercano parque nacional y que acabó por descartarse.

Pero quizá lo más llamativo de estas reacciones, vista la serenidad con la que el Ministerio de Medio Ambiente ha acogido la sentencia y la lógica satisfacción que ha expresado la Junta, es que se producen al hilo de una interpretación jurídica que los propios ecologistas sabían que, tarde o temprano, acabaría por imponerse. Ya en 1992 un informe, redactado por expertos juristas a petición de varias asociaciones ecologistas representadas en los patronatos de parques nacionales, anunciaba, de alguna manera, el modelo que ahora consagra el Constitucional y que, por otra parte, era ya común a la mayoría de los países europeos.

Aquel informe, que recobra plena vigencia diez años después de publicarse en la Revista de Administración Pública, afirmaba, con clara contundencia, "que el modelo español, que reserva en exclusiva al Estado la declaración y gestión de los parques nacionales, no tiene precedente en los estados federales o políticamente descentralizados integrantes de la Comunidad Europea". Estas competencias, precisaba el documento, "corresponden a los estados federados, comunidades o regiones autónomas, allá donde han sido constituidos, de forma exclusiva o compartida".

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Incluso en el caso de que estas atribuciones fueran compartidas entre las dos administraciones, central y regional, es común que prevalezca el criterio de esta última, y a este respecto se citaba el caso de Alemania, donde, en lo que respecta a los parques nacionales, el Gobierno central comparte algunas atribuciones con los länders (iniciación e instrucción del proceso declarativo), aunque, a la hora de la verdad, "la administración federal se limita a la tutela de los intereses propios de la federación, entre los que se encuentra la verificación de los requisitos que, para la declaración, imponen las normas básicas".

La sentencia del Constitucional no anula una cierta labor de tutela que seguirá correspondiendo al Gobierno central. De esta manera, el Ministerio de Medio Ambiente continuará encargándose de aprobar el Plan Director de los Parques Nacionales de España, en el que se recogen los principios básicos de conservación, y que se diseñará de acuerdo a la opinión del Consejo de la Red de Parques Nacionales, en el que estarán representadas las comunidades autónomas. Se mantienen, asimismo, los patronatos, en los que hay representación de las diferentes administraciones, y tampoco sufre modificaciones el proceso de declaración, que sigue dependiendo del Parlamento de la Nación.

Estrecha vigilancia

Los ecologistas están decididos a mantener una estrecha vigilancia sobre la gestión que, a partir de ahora, ejercerán las comunidades autónomas en los parques nacionales, aun cuando estén convencidos de que el nuevo modelo entorpecerá esta labor, ya que es "menos abierto, menos participativo, más opaco y mucho más sensible a las presiones de los agentes locales". De hecho consideran que los patronatos de estos espacios, en los que tienen voz y voto, se convertirán, merced a la sentencia del Constitucional, "en meros testigos y convidados de piedra de las decisiones que adopte cada autonomía".

No opina del mismo modo la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, que ha reclamado esta labor fiscalizadora. Narbona se ha mostrado convencida de que "numerosas organizaciones sociales, y en particular los ecologistas, seguirán cumpliendo un papel de vigilancia, control social e impulso a través de los patronatos".

La ministra también ha otorgado un voto de confianza a los diferentes gobiernos autonómicos, convencida de que estarán "a la altura de sus nuevas responsabilidades". En concreto, y a modo de aviso para navegantes, se ha referido al mantenimiento de los criterios que ahora se incluyen en el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, en lo que se refiere, expresamente, a la exclusión de determinadas actividades en estos territorios, "como, por ejemplo, las que tienen que ver con el urbanismo o la caza".

Andalucía, a través de su consejera de Medio Ambiente, Fuensanta Coves, ha hecho valer su dilatada experiencia en la protección del patrimonio natural, que supone "la gestión de una superficie, catalogada como protegida, sin comparación en Europa".

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