La ONU condena otra vez a España por violar la doble instancia penal
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha condenado a España por vulnerar por segunda vez el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en lo que se refiere al derecho a la doble instancia penal, es decir, a que un tribunal superior revise los hechos y las pruebas por los que los jueces condenaron en primera instancia a una persona.
En esta ocasión, el demandante, Manuel Sineiro Fernández, fue condenado
por la Audiencia Nacional a 15 años de cárcel por narcotráfico. Asesorado por el letrado José Luis Mazón, Sineiro acudió al Comité de Derechos Humanos de la ONU, que admitió que el condenado no pudo plantear ante la Sala Penal del Supremo la revisión de la condena por falta de credibilidad del testigo de cargo.
El dictamen del Comité de la ONU recuerda que el propio Tribunal Supremo indicó explícitamente que la realización de "una nueva valoración del material probatorio" en el que se basó la Audiencia Nacional para dictar su condena, no formaba parte de sus funciones. Por tanto, según el Comité, "la revisión íntegra de la sentencia y del fallo condenatorio le fueron denegados" al demandante.
En un dictamen anterior contra España en el caso Gómez Vázquez, condenado por asesinato frustrado, el Gobierno y el Supremo argumentaron que el recurso de casación cumplía con la doble instancia penal. Dado que el Supremo admite ahora que está fuera de sus funciones la revisión total del caso, el Comité pide a España un informe en el plazo de 90 días sobre las medidas para evitar nuevas violaciones del Pacto.
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