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El Supremo ratifica la condena de siete años de cárcel a Planasdemunt por un delito de estafa

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de siete años de prisión por un delito de estafa a Jordi Planasdemunt, ex conseller de Economía de la Generalitat de Cataluña y ex director del Instituto Catalán de Finanzas, por el caso de los pagarés falsos de la sociedad BFP, mediante los cuales se estafaron 2.300 millones de pesetas a pequeños inversores. Sin embargo, Planasdemunt ha sido absuelto de prevalimiento de su cargo, delito por el que también había sido condenado a ocho años de inhabilitación especial y una multa de dos millones de pesetas. Debido a su avanzada edad, 74 años, Planasdemunt no ingresará previsiblemente en prisión en régimen carcelario cerrado.

El nuevo Código Penal, que entrará en vigor en mayo, prevé la posibilidad de que los sentenciados que hayan cumplido 70 años puedan. obtener la libertad condicional si existe un pronóstico favorable a su reinserción.El alto tribunal ha mantenido la condena de 10 años por estafa y falsedad al socio de Planasdemunt, Juan Bassols, pero ha reducido de siete a seis años y un día las penas a otros cinco industriales implicados, a los que absuelve del delito de falsedad. Estos son Francisco Esteve Corbella, Francisco Javier Esteve Head, Jaume Corcoll Virgili, Margaríta Corcoll Virgili y José Ignacio Pujadas Puigdellivol.

El fraude de los pagarés de la sociedad BFP, Gestión y Asesoramiento Financiero, fue ideado por Bassols y buscaba lograr liquidez para empresas con problemas al tiempo que dejaba importantes comisiones para BFP.

Bassols Planasdemunt se concertaron con Francisco Esteve y su hijo Francisco Javier, propietarios de Anisa (Anglo Naval e Industrial); Margarita Corcoll y su hermano Jaume, de Omisa (Obras y Montajes, SA), y José Ignacio Pujadas, administrador de Dynamic, empresas con importantes problemas de liquidez.

El sistema consistía en que estas sociedades emitían pagarés respaldados por supuestos créditos que decían tener con grandes entidades, como Telefónica, Cepsa, Renault, Citroën, Alcampo, Focsa o Repsol. Los pagarés eran colocados. por BFP, que gozaba de gran proyección en los círculos financieros catalanes, entre pequeños ahorradores e inversionistas y, en contrapartida, BFP recibía pingües beneficios en forma de comisiones por parte de Anisa, Omisa y Dynamic.

A pesar de fa fragilidad de estas empresas, el equilibrio no se quebraba por cuanto en muy contadas ocasiones los tenedores reclamaban a BFP el capital invertido y ésta podía hacer frente a tales exigencias con las comisiones de las empresas libradoras. Pero la rentabilidad que se ofrecía el sistema determinó que Bassols exigiera cada vez con mayor avidez la emisión de nuevos pagarés a estas empresas. El circuito se quebró con la suspensión de pagos de Anisa, que causó una petición masiva de rescate por parte de los clientes y puso al descubierto la falta de cobertura por las grandes entidades económicas.

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La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Enrique Bacigalupo, mantiene la pena por estafa, pero considera que no es posible afirmar que Planasdemunt pusiera su cargo de director general del Instituto Catalán de Finanzas "al servicio de los engaños con que se atrajo a los inversionistas".

La Audiencia de Barcelona declaró que Planasdemunt, en virtud de su cargo, obtenía "información privilegiada en lo económico y lo financiero". Pero, según el Supremo, en ningún pasaje de la sentencia se explica de que manera empleó esa información para obtener una posición de superioridad respecto a los inversores ni de cuál se trataba.

El engaño se basaba en la afirmación mendaz de créditos frente a importantes empresas cuando lo cierto es que "no eran reales o lo eran por cantidades muy inferiores". Según el Supremo, el conocimiento de la falta de veracidad de los créditos no era obtenido por Planasdemunt a través de su cargo público, ni para engañar simulando créditos inexistentes era necesaria ninguna información privilegiada. En consecuencia, le absuelve de prevalimiento del cargo.

El magistrado Cándido Conde-Pumpido ha discrepado de esta absolución por entender que el cargo de Planasdemunt de director del Instituto Catalán de Finanzas fue "decisivo" para la captación de clientes.

Sin embargo, respecto al delito de estafa, la sentencia afirma que quien tiene las importantes funciones y la experiencia personal que los testigos atribuían a Planasdemunt "no puede haber ignorado que las inversiones a las que indujo a sus clientes carecían del respaldo que ofrecía a las mismas".

En relación con la condena, el portavoz del PP en el Parlamento de Cataluña, Josep Curto, dijo ayer que no hay que echar "más leña al fuego" y que Planasdemunt "es una persona que ya está pagando lo que hizo". Esta actitud contrasta con la que mantuvo Aleix Vidal-Quadras cuando la Audiencia de Barcelona dictó su primera sentencia, ya que el líder del PP catalán acusó de "complicidad en el delito" a "quienes designaron y mantuvieron a Planasdemunt".

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