Un policía condenado por el 'caso Nani' solo irá a la cárcel a dormir, en contra del criterio de Justicia
El ex inspector de policía Victoriano Gutiérrez Lobo, condenado en 1988 a 29 años, dos meses y un día de cárcel por la desaparición de Santiago Corella, El Nani, sólo debera ir a la cárcel a dormir, pues ha obtenido la clasificación como preso de tercer grado, la más ventajosa de las previstas en el régimen penitenciario. El pase al tercer grado de Gutiérrez Lobo -en prisión desde 1986- fue decidido el 4 de agosto por la juez de Vigilancia Penitenciaria de Toledo, Pilar Saldaña Cuesta, en contra del criterio -de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, del Ministerio de Justicia.
La Junta de Tratamiento de la prisión de Toledo, donde Gutiérrez Lobo cumplía condena desde septiembre de 1990, se pronunció el pasado 12 de marzo a favor de la clasificación del interno en el tercer grado por considerar que el ex inspector "cumple con los requisitos objetivos y subjetivos como para que pueda reincorporarse normalmente a la sociedad". Al mismo tiempo respaldó su traslado a la cárcel de Yeserías, en Madrid, "por razones laborales y [de] vinculación familiar.En contra de esta opinión se pronunció, sin embargo, el presidente de la junta y del propio centro penitenciario, Onofre Moratiel, quien argumentó su voto por la "repercusión social del delito cometido", la larga condena" impuesta y "el cumplimiento de las tres cuartas partes [de la pena] en fecha lejana". Este último requisito,,necesario para obtener la libertad condicional, sólo lo cumplirá Gutiérrez Lobo el 4 de febrero del año 2000. La extinción definitiva de la condena, contando con las redenciones previstas en la legislación vigente, se producirá el 3 de febrero del 2004, dentro de más de 11 años.
"Interno modelo"
El informe de la junta, contra el que se pronunció su presidente, califica a Gutiérrez Lobo de "interno modelo" y destaca que "durante casi seis años de prisión ininterrumpida solamente ha sido sancionado con una falta leve que canceló en 1987, manteniendo durante todo este tiempo una excelente conducta colaborando activamente en las distintas actividades programadas por el equipo del centro, habiendo sido recompensado varias veces".
El ex inspector estudia Derecho e Informática, colabora con la revista de la prisión y acude al taller de pintura artística del centro, habiendo expuesto varias de sus obras en la Caja de Ahorros de Toledo, según el informe de la Junta. El mismo documento elogia la capacidad de su familia para salir adelante tras el intemamiento de Gutiérrez Lobo, quien cuenta con una oferta laboral en firme para trabajar en cuanto su situación legal se lo permita.
"Pese a la gravedad de los delitos por los que ha sido condenado", argumenta, "éstos se desarrollaron en un ambiente profesional muy concreto, tratándose de un delito ocasional y que previsiblemente las posibilidades de reincidencia en éste como en cualquier otro tipo de delito son escasas". Los criterios de la junta no fueron com partidos por la directora gene ral de Instituciones Penitencia rias, Mercedes Jabardo, quien el pasado 30 de abril denegó el pase de Gutiérrez Lobo al tercer grado con los mismos argumentos empleados por el direc tor del centro: repercusión so cial del delito, larga condena y lejanía de la fecha en que tendrá cumplidas tres cuartas partes de la pena, contando incluso con futuras redenciones.
El ex inspector de policía interpuso recurso de alzada contra la resolución de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias ante el Juzgado de Vigilancia de la provincia de Toledo, con sede en la localidad de Ocaña.
Auto judicial
Como resultado de este recutso, la juez Pilar Saldaña Cuesta dictó el pasado día 4 un auto por el que decidió clasificar al interno en el tercer grado peni-tenciario y ordenó su traslado a la cárcel de Yeserías (Madrid). Esta última parte del auto judicial no se ha ejecutado todavía, pues fúentes del centro penitenciario madrileño aseguraron ayer que Gutiérrez Lobo no figura entre sus presos.
El auto de la juez no entra en los argumentos esgrimidos por Instituciones Penitencianas para denegar el tercer grado al ex policía, limitándose a recordar que el sistema penitenciario español se orienta a la "reeducación y reinserción social de los penados".
"De los informes obrantes en las presentes actuaciones, se deduce que len] el interno recurrente concurren todos los requisitos penales y Penitenciarios establecidos en la ley y reglamento penitenciario para su clasificación en tercer grado", argumenta la juez Pilar Saldaña. "Según se desprende del informe emitido por el equipo de tratamiento del centro penitenciario de Toledo, el interno ha modificado aquellos que le conducían al recaimiento en el comportamiento" [sic], agrega.
Gutiérrez Lobo ingresó en la cárcel el 1 de julio de 1986 y cumplió 1.456 días de prisión preventiva antes de que, en junio de 1990, el Tribunal Supremo confirmara la pena de más de 29 años dictada contra él por la Audiencia de Madrid en septiembre de 1988. Durante este tiempo, sólo ha salído de permiso una vez, durante seis horas, acompañado por policías para evitar una posible fuga.
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