Las enfermedades profesionales
Como trabajador del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de Barcelona, deseo hacer unas precisiones sobre lo publicado por EL PAÍS acerca de la siniestralidad laboral. En primer lugar, decir que si bien las estadísticas oficiales que elabora nuestro instituto sobre el tema no tienen voluntad de engaño, no reflejan debidamente la realidad, pues no incluyen, entre otros, lo! datos de los trabajadores autónomos (cuyos accidentes laborales no tienen la consideración legal de accidentes de trabajo), lo que es especialmente grave en la construcción, sector en el que cada día abundan más estos trabajadores. Ésta, y no la eventualidad en el empleo, es la verdadera causa de la discrepancia entre las estadísticas y la realidad. Podría pensarse que eso responde a una voluntad de falseamiento, pero entiendo que la causa es aún más grave: no se trata de mala voluntad, sino pura y simplemente de falta de interés por parte de la Administración. ¿Cómo si no se explican los graves errores del principal texto legal vigente, la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de 1971?Capítulo aparte merecen las estadísticas existentes sobre enfermedades profesionales, que no responden ni siquiera aproximadamente a la realidad. La comparación entre el número de enfermedades profesionales mortales registradas en nuestro país y las de nuestros vecinos produciría hilaridad si ésta no quedara ahogada por la vergüenza. En 1982, en España, había oficialmente ocho enfermedades profesionales mortales. Por poner un solo punto de referencia, en el Reino Unido, y sólo en lo que respecta a quienes trabajan con amianto, hay más de trescientas. Ante estos datos, hay que preguntar si es adecuado que sea el Ministerio de Trabajo el principal responsable, dentro de la Administración, de velar por la protección de la salud de los trabajadores. Los hechos parecen demostrar que no.-
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