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Reportaje:Seguridad Social / 2

Hacia la estratificación de la gestión

Tal como parece estar pensada la reforma de la Seguridad Social que el Ministerio de Trabajo pretende poner en marcha, se trata de una reforma parcial, pues sólo afecta, de entrada al menos, a uno de los varios aspectos de la Seguridad Social, la gestión. Otros aspectos decisivos de cualquier sistema de seguridad social, son como la financiación y la acción protectora no parecen ocupar la atención de los reformistas.No obstante la parcialidad de la reforma prevista, de entrada debe quedar bien claro que cualquier reordenación de la Seguridad Social que pretenda ser mínimamente seria ha de pasar, necesariamente, por la aplicación de una enérgica cirugía a las entidades gestoras de la Seguridad Sociar y a las entidades que, como las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo o las empresas privadas, colaboran voluntariamente en la gestión de la Seguridad Social.

Una Seguridad Social gestionada por nada menos que 97 entidades gestoras (INP, ISM, Mutualidades Laborales), doce Servicios Comunes, 290 Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo, trescientas empresas colaboradoras y doce mutualidades y Cajas de Empresa, no es precisamente un modelo de gestión digno de ser imitado.

Este panorama de 97 entidades gestoras quedaría sustituido, de ir adelante la reforma, por un nuevo marco en el que serían cuatro las piezas básicas de la gestión de la Seguridad Social: el servicio de Gestión e Informática, que se encargaría de aspectos tales como la afiliación de los trabajadores la cotización y la recaudación de las cuotas, además de ser el titular del patrimonio de la Seguridad Social, un Instituto Nacional de Pensiones, que se encargaría de la gestión de todas las prestaciones excepto la sanitaria; un Instituto Nacional de Asistencia Sanitaria y un Instituto Nacional del Empleo.

En todo caso los resultados mínimos que cabe exigir a cualquier reforma de la gestión de la Seguridad Social son la reducción de los gastos de administración de la Seguridad Social, y la reducción de los largos períodos de espera que actualmente padecen los trabajadores entre la fecha del hecho causante de la prestación (paro, jubilación, etcétera) y el cobro de la correspondiente prestación.

Pero algo que parecen haber olvidado los reformistas de la Seguridad Social es que, hoy en España hablar de gestión de la Seguridad Social es hablar de control de la gestión, hasta el punto de que, según parece, en el nuevo esquema de gestión se reduce la representación obrera respecto de la actualmente existente. Quienes al reformar la Seguridad Social pretenden aprovechar la oportunidad para reducir la presencia de trabajadores y empresarios en los futuros órganos de gestión de la Seguridad Social, afirman que la experiencia de participación del sindicalismo vertical en entidades como el Instituto Nacional de Previsión, o el Mutualismo Laboral, no ha sido precisamente ejemplar, pues, en no pocos casos, tal presencia no ha tenido otra significación que la de ser una mas de las máquinas electorales o de hacer favores que creó el franquismo.

Pero, una cosa es que el Ministerio de Trabajo se de cuenta aunque demasiado tarde, de que su alianza con el verticalismo supuso dotar a los órganos gestores de la Seguridad Social de una careta aparentemente democrática. Y otra, muy distinta, que el sindicalismo democrático acepte por las buenas, ser marginado del control directo y cotidiano de algo que como la Seguridad Social afecta a 31 millones de españoles, especialmente en lo relativo al desarrollo de prestaciones como las de desempleo y la asistencia sanitaria.

Los reformistas de la Seguridad Social pretenden acentuar la estatificación de los órganos de gestión, reduciendo la presencia obrera en ellos, desobrerizando la gestión y el control de la Seguridad Social, sin, paralelamente, reducir la presencia patronal en la gestión actualmente concretada en la actuación de Mutuas Patronales, Cajas de Empresa, etcétera.

La gestión de la Seguridad Social quedaría así férreamente controlada por los burócratas de las Entidades Gestoras y del Ministerio de Trabajo, en tanto que el control de la Seguridad Social quedaría reducido al que corresponda al futuro Congreso de Diputados en materias tales como la aprobación de los presupuestos y de las cuentas de la Seguridad Social, o la aprobación de las grandes líneas de acción de la Seguridad Social.

Entiendo que la pretendida estatificación de la gestión de la Seguridad Social, aparte de ser regresiva respecto de la actual situación es inadmisible allí, donde como en España, la mínima aportación estatal a la financiación de la Seguridad Social no legitima ni política ni financieramente al Estado para intentar recabar el control de algo que no es suyo, porque no lo financia, porque no lo mantiene con su dinero.

Pero también debe quedar bien claro que aunque la aportación estatal a la Seguridad Social fuera algún día la fuente de financiación más importante de esta, no por eso no sería políticamente necesaria la presencia de los sindicatos obreros en los órganos de gestión de la Seguridad Social, pues mientras no se invente otra fórmula, esa presencia sindical es el único instrumento válido para lograr evitar el burocratismo de la Seguridad Social a la vez que para lograr el control popular de tan importante parte del sector público.

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