El Defensor reclama una norma que garantice el derecho al agua
El organismo andaluz cree “imprescindible” que nadie se vea privado del suministro
Pacto Social
La iniciativa del Defensor del Pueblo Andaluz ya cuenta con un antecedente: la moción de IU aprobada el 22 de octubre de 2015 en el Parlamento andaluz. Ese acuerdo instaba “a las modificaciones legislativas pertinentes o desarrollos reglamentarios necesarios que aporten soluciones reales y efectivas a la pobreza hídrica”. La propuesta incluía la prohibición de cortes de agua y garantizar entre 60 y 100 litros por persona y día a todas las personas.
También suponía esta iniciativa la adhesión al Pacto Social por el Agua (#iniciativagua2015), en el que se definen y acuerdan los fundamentos y las reglas básicas del modelo público: transparencia, rendición de cuentas y participación social.
Se trata de un documento por el que movimientos sociales, organizaciones no gubernamentales, organizaciones vecinales y sociales, partidos políticos, sindicatos, fundaciones y otras entidades hacen público su compromiso por la gestión pública, integrada y participativa.
El pacto supone el reconocimiento del derecho humano al agua y la necesidad de una regulación que obligue a los ayuntamientos y que se elabore con criterios de eficiencia y solidaridad y sobre la base de los principios de igualdad, equidad y no discriminación.
“Estimamos imprescindible avanzar en una regulación que garantice que ninguna persona pueda verse privada del acceso al agua por razones de capacidad económica”. Esta contundente conclusión forma parte del informe especial del Defensor del Pueblo Andaluz para el Parlamento sobre Servicios de suministro. Garantías y derechos. El trabajo evidencia las deficiencias de la normativa actual, propone la prohibición o limitación de los cánones (fórmula de privatización de la gestión) y reclama la creación inmediata del Observatorio del Agua para unificar criterios.
“Observamos con enorme preocupación la situación que sufre una parte de la población que se ve imposibilitada por su situación económica para sufragar el coste de este servicio, viéndose por ello privada del acceso a un suministro básico que resulta esencial para el mantenimiento en condiciones de dignidad de la vida diaria”. Este es el punto de partida del informe del Defensor remitido al Parlamento andaluz en el que se reconoce la deficiente protección jurídica y la falta de garantías de la actual legislación sobre “derechos esenciales en relación con un servicio que es de interés general”.
El Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua, aprobado por Decreto en junio de 1991 para evitar que este “servicio esencial no quedara al albur de la normativa local, tan confusa como diversa, o a resultas de los pronunciamientos de una jurisprudencia movediza y cambiante”, ha quedado obsoleto.
Por esta razón, la oficina andaluza considera “justificada la imposición de normas y requisitos que aseguren la universalidad en el acceso, la calidad en la prestación y la asequibilidad en el precio”.
El Defensor recuerda que el acceso al agua fue reconocido por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en noviembre de 2002, como derecho humano. Y no solo la disposición de este servicio básico, sino que el suministro debe ser “suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para el uso personal y doméstico”. La misma asamblea internacional calificó el agua como “esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.
Sin embargo, a pesar del paso de los años, ninguna normativa española recoge este servicio como derecho humano, pese a que algunas regulaciones lo abordan y el Parlamento andaluz aprobó una iniciativa de IU en este sentido que no ha sido desarrollada.
Ante esta situación, el Defensor recomienda una regulación, mediante Decreto, del régimen de abastecimiento, saneamiento y depuración en el ciclo integral del agua de uso urbano para “dar una respuesta conjunta y coordinada público de agua”.
La norma, según el defensor debe “ofrecer un modelo para la regulación jurídica del precio” y permitir la creación, “sin más demora, del Observatorio Andaluz del Agua que normalice los sistemas de gestión más allá del ámbito municipal, regule los criterios básicos de tarificación para conseguir una facturación homogénea y basada en el número de personas que habitan en la vivienda.
Las tarifas, según el defensor, deben “tener como objetivo y límite” la autofinanciación del servicio y debe impedir la inclusión de costes que no estén asociados al servicio de agua, prohibiendo taxativamente que los ingresos sirvan para sufragar gastos municipales ajenos”.
El organismo andaluz es tajante al pedir que la Ley de Aguas prohíba el canon concesional o el cobro anticipado así como que se establezca la obligación destinarlo a la financiación del servicio de agua. Este canon es el dinero que adelantan las empresas privadas a los Ayuntamientos por hacerse con la gestión de este servicio. Hasta la fecha ha permitido a los municipios hacerse con dinero que le niegan otros sistemas de financiación y destinarlos a cualquier uso al margen del agua. Por su parte, las empresas repercuten en las facturas el coste de este “préstamo”, incluidos intereses y margen de beneficios.
El defensor reclama que se establezca el derecho a “recibir de forma gratuita un suministro mínimo vital cuando su situación económica así lo requiera, prohibición de los cortes a quienes estén en situación de pobreza y ayudas a quienes no puedan pagar el consumo extra que no se garantice con el mínimo vital.
El informe incluye casi medio centenar de medidas que abarcan todo el marco regulatorio del agua y que van desde actuaciones contra el fraude hasta la inclusión de un régimen de sanciones específicos. El Parlamento y el Gobierno andaluz serán los que ahora tendrán que responder.
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