Ley Integral contra la Violencia de Género
La norma recoge medidas preventivas, de información, atención, derechos laborales y protección a las mujeres víctimas de la violencia de género. Éstos son algunos de los puntos destacables:
Medidas de apoyo a las víctimas
• Se reconoce a la víctima el derecho a la reducción del tiempo de trabajo, a la movilidad geográfica, a la suspensión de relación laboral con reserva del puesto de trabajo y a la extinción del contrato. En estos dos últimos casos con derecho a cobrar el subsidio de desempleo.
• Se establece un programa de reinserción laboral para víctimas, con cobro de renta activa. Para quienes no puedan seguir el programa, se establece una ayuda económica en función de edad y responsabilidad familiar.
• Las ausencias laborales por agresiones generarán derecho a prestaciones por incapacidad.
• Ayudas ligadas a la formación de las mujeres agredidas para escapar de la dependencia económica de sus verdugos.
• Prioridades de acceso a viviendas de protección oficial.
• Bonificaciones adicionales a las empresas que las contraten.
• Homologación de los servicios de atención a mujeres maltratadas en todas las comunidades y ayuntamientos para garantizar que todas las víctimas tienen los mismos recursos.
• Adaptación de las actuales casas de acogida para convertirse en centros de recuperación integral que ofrezcan terapia psicológica, seguimiento legal, apoyo social y educativo.
Seguridad
• Creación de unidades especializadas en el Cuerpo Nacional de Policía y en la Guardia Civil. Asimismo, se abrirá el cauce para la cooperación de la policía local.
• Los cuerpos nacionales participarán en los planes de colaboración integral entre todas las Administraciones.
• Se facilitará el acceso a programas específicos de rehabilitación a los condenados por actos de violencia contra la mujer.
• Se incorporarán módulos de igualdad y no discriminación a los cursos de formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
• Se prevé la suspensión cautelar de licencia de armas a los inculpados por actos de violencia contra la mujer.
Justicia
• Creación de más de 400 juzgados - con competencias civiles y penales - dedicados a la lucha contra la violencia doméstica (al menos uno por cada partido judicial).
• Creación de la figura del fiscal contra la violencia de género como delegado del fiscal general del Estado, que intervendrá directamente en aquellos procesos penales y civiles de especial trascendencia.
• Endurecimiento de las penas:
- Las amenazas leves a cualquier persona "especialmente vulnerable" con la que conviva, independientemente de su sexo, tendrán pena de seis meses a un año de prisión. Las coacciones leves, pena de seis a 18 meses.
- Se agrava la pena por lesiones de dos a cinco años.
- Se agrava el quebrantamiento de pena o medida de seguridad impuesta en estos casos.
- Suspensión del régimen de visitas del agresor a los hijos siempre que se revele la existencia de violencia familiar. En el caso de que el maltratador amenace de forma leve con armas u otros objetos peligrosos, el juez podrá inhabilitarle para el ejercicio de la patria potestad hasta cinco años.
• Modificación de la Ley de Asistencia Gratuita: Las víctimas de violencia doméstica tendrán derecho a la defensa gratuita en los juzgados encargados de sus casos y en los procedimientos sobre reclamaciones a la Administración, respecto a los derechos que la legislación reconoce a las víctimas de la violencia doméstica.
Educación
• Creación de una asignatura obligatoria: "Educación para la Igualdad y contra la Violencia de Género". Se impartirá en Educación Secundaria y será trimestral.
• Incorporación en todos los Consejos Escolares de un nuevo
miembro que impulse medidas educativas en favor de la
igualdad y contra la violencia sobre la mujer.
Nuevos organismos
• Creación de una Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género, una adjuntía en el Defensor del Pueblo y un Observatorio formado por personalidades independientes que evaluarán la acción del Gobierno y estudiarán nuevas medidas.
• Creación del Observatorio Nacional de Violencia sobre la Mujer que tendrá como principales funciones servir como centro de análisis de la situación y evolución de la
violencia sobre la mujer.
Sanidad
• Actuaciones de detección precoz y desarrollo de programas de sensibilización y formación de personal sanitario.
• Se establecerán protocolos sanitarios de actuación para la prevención, la detección precoz y la intervención continuada, contando con la colaboración de la Administración de Justicia.
• Creación de una Comisión, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, encargada de apoyar técnicamente, coordinar y evaluar las medidas sanitarias establecidas en la Ley.
Otras medidas
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.