Los apuros de los ciberpolicías
Mandos de la Policía y la Guardia Civil critican las dificultades legales para perseguir los delitos cometidos a través de Internet
Cuando la Policía investiga un delito telemático, a través de Internet, antes que nada, debe saber desde qué máquina se comete. Para ello necesita tener la dirección IP de la misma. Y la ley española dificulta las pesquisas en este primer paso, que debe darse con diligencia. Al menos ésta fue una de las conclusiones que expusieron mandos de la Policía Nacional y la Guardia Civil en el Congreso de Ciberpolicías celebrado en el SIMO con el auspicio de la BSA (Business Software Alliance), organización dedicada a la protección del copyright. Un dato, mientras que en 2002 se detectaron 1.103 infracciones penales usando Internet, en 2007 ya son 5.275.
Juan Salom, comandante jefe del Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, dibujó el escenario: "Para investigar un delito de tráfico en la Red hacen falta los datos de este tráfico, que deben conservarse y cederse de forma eficiente. Y ahí está el problema". En principio, cuando se trata de un delito penal grave, la policía puede pedir a la operadora que identifique la dirección IP sin necesidad de solicitar una orden judicial. Al juez deberá acudirse para las siguientes diligencias. Sin embargo, Salom citó jurisprudencia del Supremo por la que los números telefónicos del llamante y del llamado son datos que afectan al secreto de las comunicaciones y la dirección IP puede asimilarse a ellas. Para Salom, el problema es que no se distingue entre una comunicación privada y una pública en Internet, como la de alguien que, anónimamente, cuelga un contenido calumnioso en un foro o comparte material pedófilo. Si hay que ir al juez para obtener de la operadora esta dirección... "pueden pasar seis semanas". Un segundo problema, siempre a juicio de Salom, es que las operadoras están obligadas a conservar 12 meses los datos de tráfico (no los contenidos), pero sólo pueden exigirse para delitos graves del Código Penal y con trámite judicial, lo que, además de la tardanza, impide pedirlos para delitos menores o del ámbito civil, como pueden ser muchos que afectan a la propiedad intelectual.
"Si hay que pedir al juez una dirección de Internet pueden pasar seis semanas"
Manuel Vázquez, comisario jefe de la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional, comentó que la ley contempla con más severidad la investigación policial en asuntos telemáticos que en otros. "Podemos ir a un hotel y pedir la identidad del huésped de una habitación. Obviamente, si queremos entrar en la habitación necesitaremos una autorización judicial". En Internet, para saber la dirección IP, en muchos casos, han de acudir al juez. Para Vázquez es básico combinar libertad y seguridad, las garantías a la privacidad con la eficiencia policial. Un problema añadido es la velocidad de los cambios tecnológicos que exigen una formación de jueces y policías que, a pesar de muchos esfuerzos, es insuficiente.
El debate lo abrió José López Calvo, de la agencia de Protección de Datos, quien adelantó que es inminente una sentencia comunitaria que probablemente ratificará que, en asuntos civiles, la policía no puede pedir la dirección IP sin acudir al juez. El caso lo ha planteado un juez español que debió resolver una demanda en la que Telefónica negó esta información en un caso de derechos de autor. Héctor Moreno, comisario jefe de la unidad española de Europol, anunció una próxima decisión marco de la Unión Europea para facilitar el intercambio de datos entre policías europeas que busca asegurar la protección de la información que se intercambia e intentar limar las diferencias legales en este tema entre países de la UE.
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