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Limitada a 44 años la diferencia de edad en las adopciones

El PSE recurrirá el decreto por fijar un tope máximo

Cada año son adoptados en Euskadi más de 300 menores, cifra muy superior a la de hace una década y que se debe, fundamentalmente, al empujón de las adopciones internacionales. Esta pujanza ha llevado al Consejo de Gobierno a regular el proceso, del que se encargan las diputaciones. Para ello aprobó ayer un decreto que recoge la metodología a seguir y, especialmente, los requisitos para declarar la idoneidad de los padres en las adopciones nacionales e internacionales. Las principales novedades estriban en que desaparece el tope de 50 años para adoptar, aunque quien opte por esta vía no podrá superar en 44 años la edad del menor adoptado.

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El decreto viene a homogeneizar lo que se estaba haciendo hasta ahora y establece un marco común de actuación para las tres instituciones forales. Con la entrada en vigor de este decreto, cualquier ciudadano vasco deberá someterse a los mismos requisitos, independientemente de su lugar de residencia. Con relación a la norma que venía funcionando, se mantiene la condición de que el solicitante sea mayor de 25 años y que tenga, como mínimo, 14 años más que el menor. Lo que sí cambia es la diferencia de edad máxima entre el futuro padre y el menor, ampliándose de 42 a 44 años, tomando como referencia, en su caso, al miembro más joven de la pareja adoptante. Al elevarse la edad, se pretende que el menor tenga al menos 18 años cuando sus padres adoptivos alcancen la jubilación.

Hasta ahora, las tres diputaciones se regían por una diferencia de edad de 42 años, que por otra parte, es la tónica dominante en casi todas las comunidades autónomas. Sólo Cataluña y Valencia han suprimido cualquier requisito relacionado con la edad. La citada diferencia podrá ser superior cuando los solicitantes quieran adoptar a menores con necesidades especiales.

El Gobierno incluye en este colectivo a los grupos de hermanos en situación de reagrupamiento familiar; los niños con discapacidad y problemas de salud; los que tengan siete años o más y los que sufran alguna enfermedad hereditaria. Con este decreto, centrado en las condiciones que deben reunir los padres, se completa la regulación, ya que existía otro sobre las entidades que se encargan de gestionar las adopciones.

El PSE no ha recibido de buen agrado la norma y anuncia un recurso a los tribunales. Los socialistas rechazan que se establezca los 44 años de diferencia máxima y abogan porque no se fije ningún tipo de límite. La parlamentaria del PSE y responsable en cuestiones sociales, Gemma Zabaleta, recalcó en declaraciones a EL PAÍS que la edad no debe tratarse de "un límite excluyente". "Debe tenerse en cuenta, pero como los ingresos de la pareja u otro tipo de requisitos. Nunca como una condición imprescindible. Se está conculcando el principio de igualdad".

Sobre el nivel de ingresos mínimos que deben acreditar los solicitantes o el tiempo que deben tardar como máximo las diputaciones en otorgar el certificado de idoneidad, no se fija nada. Todo queda a las posteriores regulaciones de las diputaciones, resaltó el consejero de Asuntos Sociales, Javier Madrazo. Según los últimos datos, en Euskadi residen alrededor de 3.400 menores adoptados en el seno de unas 3.000 familias. Hasta ahora, China es el principal destinatario de las peticiones, pero ha ido endureciendo las condiciones, con lo que se han reducido las solicitudes.

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