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Indemnización inédita para 20 despedidos en un centro vizcaíno

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, ha reconocido, por vez primera en España, una indemnización por despido improcedente a los trabajadores de la empresa Caydetel, que está en proceso consursal y cuya actividad principal se desarrolla en Trapaga (Vizcaya) aunque con sede social en Barcelona. Además, manifiesta que "no es descabellado pensar" que el accionista y cliente "de referencia", la firma francesa Mecelec, haya podido "precipitar la insolvencia" sin posibilitar "ningún tipo de viabiliad".

En el auto, el magistrado indica que los empleados tienen derecho a percibir una indemnización semejante al despido improcedente, 45 días por año trabajado. En su resolución, el juez acuerda la extinción colectiva de la totalidad de la plantilla de Caydetel S.A.U., con una plantilla de 20 personas en su centro de Trapaga, otros ocho en Madrid y uno en Barcelona.

Caydetel, dedicada a la producción de aparatos plásticos y derivados, mantiene su principal centro de producción en Trapaga, aunque el concurso se presentó en Barcelona, ciudad en la que dispone de sede social. Los trabajadores, sin embargo, denunciaron que se trataba de "un supuesto de deslocalización ideado por la empresa francesa Mecelec S.A.", matriz de Caydetel y propietaria de la totalidad de sus acciones.

En el auto, que contiene duros reproches a la empresa francesa, se acuerda el despido de todos los trabajadores, puesto que debe ser liquidada. Sin embargo, recuerda que su único accionista, Mecelec Industries S.A.S., de nacionalidad francesa, era prácticamente su único cliente, y destaca, citando el informe de la administración concursal, que "determinados activos que la concursada vendió a su socia y matriz generan dudas en cuanto al precio, por cuanto no constan valorados e identificados los bienes vendidos".

Máxima indemnización

Ante la falta de acuerdo entre los administradores del concurso y los trabajadores, representados por CC.OO., el juez decide conceder "el máximo de indemnización legal", al considerar que no es posible apreciar de modo automático causas objetivas para el despido en un concurso solicitado voluntariamente con finalidad de liquidación, con la mínima indemnización legal que asciende a 20 días por año trabajado.

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A juicio del magistrado, la firma matriz no sólo controla la totalidad de las acciones, sino que obtenía de Caydetel todos los suministros, y adquirió los activos de la empresa en Trapaga a un precio "cuya bondad no se ha podido contrastar".

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