Ley de muerte digna: dudas razonables
El pasado martes 7 de octubre, el diario EL PAÍS ha publicado un artículo del doctor Pablo Simón Lorda, en donde se pone de manifiesto que, por defender el anteproyecto de ley que sobre la muerte digna quiere sacar adelante la Junta de Andalucía -del que, precisamente, él es redactor-, no duda en tergiversar las opiniones que en la Organización Médica Colegial (OMC) se han dado a conocer sobre tal proyecto. En nuestro país es tan frecuente como impropio utilizar las descalificaciones globales con el fin de obtener ventaja en la razón que más conviene. Porque, y sobre todo, la OMC -en ésta y en otras muchas ocasiones- se ha manifestado a favor de la muerte digna, para lo que debe cumplirse la normativa existente que, de acuerdo con nuestra opinión, pretende recrear la Junta de Andalucía. Es decir, si las cosas están mal es porque no se cumple con la ley, por lo que dudamos que una repetición de la misma vaya a corregir la situación. Es más, consideramos que el proyecto de Andalucía viene a certificar el fracaso de la legislación vigente, cosa que lamentamos también nosotros.
En cuanto a la especial atención que se presta en el artículo al denominado encarnizamiento u obstinación terapéutica, queremos recordar que es una práctica rechazada desde 1983 por la Asociación Médica Mundial y reiteradamente por el Código de Ética, y que cualquier caso que se conozca debe ser denunciado; lo que no se puede es generalizar, dando la falsa impresión de que es una práctica habitual. En estas cuestiones, como en tantas otras, pensamos que debe existir más debate técnico y profesional en vez de manipulaciones políticas.
Por último queremos resaltar que, interpretar la postura de la OMC como contraria a unos determinados planteamientos, pone de manifiesto -al menos en este caso- que no se ha leído nuestro texto o que existen ciertos prejuicios que le alejan de la realidad. Celebraríamos equivocarnos. El tiempo lo dirá.
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