El juez autoriza la salida de Txelis en semilibertad controlada
El ex 'número uno' de los terroristas lleva más de 15 años condenando la violencia, ha pedido perdón a las víctimas y cumplido la mitad de la pena.- El magistrado argumenta que la prisión atenuada facilitará su alejamiento de ETA
El juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha aprobado hoy el acceso a la semilibertad del ex dirigente de ETA José Luis Álvarez Santacristina, Txelis, por lo que podrá salir de la cárcel para realizar cursos de formación, aunque no los fines de semana. Txelis lleva en prisión desde el 29 de marzo de 1992, cuando fue detenido en Bidart (Francia), junto al resto de la cúpula de ETA, Francisco Mujika, Pakito, y José María Arregi, Fitti, aunque en España sólo ha cumplido 11 de años de la condena de 30 por inductor al asesinato y otros delitos por los que fue condenado. Con la redención, el juez estima que el próximo lunes cumple la mitad de su condena.
El juez considera que la prisión atenuada permite un mayor control que el tercer grado, y añade que este régimen "permite dar una respuesta proporcionada y constante a los esfuerzos de los internos por separarse del entorno de una organización criminal" y que hace posible "el alejamiento del interno de los postulados y medios e instrumentos de ETA".
Txelis fue el ideólogo de la banda terrorista, aunque poco después de su detención pasó a disentir de la lucha armada hasta que finalmente fue expulsado de ETA en 1998. En la actualidad cumple condena en la prisión de Nanclares de Oca (Álava). A partir del lunes podría pedir el tercer grado penitenciario. Se ha comprometido a pagar la responsabilidad civil derivada de sus acciones, ha pedido perdón a las víctimas (no directamente, sino a través de un escrito) y lleva 15 años criticando de forma abierta la violencia.
Instituciones Penitenciarias no había recomendado el tercer grado, pero sí que se le permitiera salir de prisión los días laborables para trabajar o estudiar. El juez ha dado el visto bueno hoy esta propuesta. Txelis podrá hacer un curso de formación de lunes a viernes en aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que permite aplicar ciertas reglas del tercer grado (de semilibertad) a presos que están aún en el segundo (ordinario).
Los requisitos para conceder el tercer grado a los presos por terrorismo están recogidos en el artículo 76.2 de la Ley General Penitenciaria, que exige, "además de los requisitos previstos por el Código Penal y la satisfacción de la responsabilidad civil con sus rentas y patrimonio presentes y futuros", que los presos "muestren signos inequívocos de haber abandonando los fines y medios terroristas, y además hayan colaborado activamente con las autoridades (...), lo que podrá acreditarse mediante una declaración expresa de repudio de sus actividades delictivas y de abandono de la violencia y una petición expresa de perdón a las víctimas de su delito, así como por los informes técnicos que acrediten que el preso está realmente desvinculado de la organización terrorista y del entorno y actividades de asociaciones y colectivos ilegales que la rodean y su colaboración con las autoridades".
Estas exigencias se cumplen en el caso de Álvarez Santacristina. El magistrado afirma que Álvarez Santacristina "es una persona distinta a la que entró en prisión para cumplimiento de condena, mostrando un rechazo absoluto a la violencia y unas convicciones personales y morales firmes y sólidas al respecto".
El juez va detallando en su resolución todas y cada una de las manifestaciones públicas del ex jefe político de ETA en contra de la violencia. Tras el asesinato del concejal del PP Miguel Ángel Blanco en 1997 dijo que "la lucha armada" estaba conociendo como nunca "el desprestigio político y social". En 2002 dirigió un escrito al juzgado de vigilancia penitenciaria después de comparecer en la Audiencia Nacional para puntualizar, por si no había sido claro, que había abandonado ETA "para asumir la militancia en pro de la libertad, la justicia y la paz" desde sus convicciones y principios evangélicos (Txelis tuvo una conversión religiosa en prisión). Y añade que en la cárcel ha manifestado a funcionarios su pesar por lo que hizo en el pasado.
Castro asegura en su auto que la decisión se enmarca "dentro de un programa de atención especializada" y que el preso "no disfrutará de salidas de fin de semana". En relación con los permisos de salida, el régimen previsto será el de los internos de segundo grado. Además, como medida alternativa de control, el juez indica que se llevarán a efecto entrevistas de seguimiento y se le pedirá al preso la presentación de documentación que acredite la realización de actividades laborales o de formación.
El acceso a distintas fórmulas de beneficios penitenciarios ha sido una de las demandas planteadas por los disidentes de la banda durante los últimos meses. En mayo, ocho internos históricos de ETA recluidos en Nanclares de Oca hablaron por primera vez en una carta de la necesidad de reparar a las víctimas de la banda y animaron al colectivo de presos a intervenir activamente en el fin del terror. En el escrito, firmado por Urrusolo, Carmen Gisasola, Pikabea, Rafael Caride, Andoni Alza, Koldo Carrasco, Fernando de Luis Astarloa y Josu García (presos en Nanclares) animan al resto de los internos de la banda a participar "en la reflexión política del proceso" y a acogerse a beneficios penitenciarios. "Aquí sigue siendo tema tabú el poder salir de permiso, el poder salir en tercer grado o en libertad condicional", señalaban, mientras criticaban que la cárcel siga siendo un frente de lucha dentro de la izquierda abertzale y pedían que se cambiara la mentalidad que "ha impedido que los presos podamos acogernos a algunos derechos que nos corresponden".
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