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Entrevista:JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO | 30º aniversario de la Constitución

"No estaríamos cerrados a una reforma más amplia"

Luis R. Aizpeolea

Pregunta. ¿Habrá reforma de la Constitución esta legislatura?

Respuesta. En la legislatura anterior, el Gobierno dio pasos para poner en marcha una reforma de la Constitución en algunos aspectos concretos. Se modificó la Ley del Consejo de Estado para facultar a este alto órgano consultivo a elaborar estudios o informes con tal finalidad. Y el Consejo atendió la petición del Gobierno publicando un análisis muy completo sobre la viabilidad de determinadas propuestas de reforma constitucional que le habíamos formulado, después de haberlas llevado en nuestro programa electoral y en el discurso de investidura.

Nos hubiera gustado que este análisis jurídico, de una institución tan prestigiosa en nuestro país, hubiese servido para explorar la posibilidad de llegar a un acuerdo, de principio al menos, con el principal partido de la oposición, pero no fue posible; lo hicieron imposible.

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Seguimos pensando que esa reforma parcial es conveniente, y seguimos pensando que sólo puede abordarse con un nivel de consenso análogo al original, lo que incluye, desde luego, al PP, pero no sólo al PP. Si estas condiciones se dieran en algún momento, retomaríamos la idea. Y pienso que lo ya hecho, el trabajo del Consejo de Estado, nos sería útil.

P. ¿Hay que reformar más apartados que los propuestos por usted en la primera legislatura (corona, Senado, denominación comunidades autónomas y Constitución Europea)?

R. No estaríamos cerrados a ese elenco [de reformas más amplias de la Constitución], si pudiera fraguarse un consenso básico de partida sobre esas y otras cuestiones a modificar. Se trataría, en todo caso, de mejorar un texto normativo que ha acreditado sobradamente su virtualidad como marco de convivencia pacífica y en libertad de los españoles. No queremos alterar ese marco sino actualizarlo en algunos aspectos manteniendo plenamente su espíritu fundacional.

P. Las reformas estatutarias han dado lugar a una Constitución ya reformada sin necesidad de reformas.

R. En absoluto. Los estatutos de autonomía, como todas las leyes que emanan del Poder Legislativo, están sujetos a la Constitución, se elaboran y de dictan de conformidad con ella. Es verdad que la reforma de los estatutos es más compleja que la de las demás leyes estatales: intervienen dos voluntades democráticas, la del Parlamento autónomo y la de las Cortes Generales, y en ocasiones la del propio cuerpo electoral de la comunidad autónoma. Pero esta conjugación de voluntades, esta condición singular de los estatutos, está prevista en la propia Constitución. Y es verdad también que la posibilidad de reformar los estatutos dentro del marco constitucional, en algún caso después de transcurrir casi tantos años como la misma Constitución tiene, demuestra la capacidad de nuestra Ley Fundamental para permitir la adaptación de aquellos a una realidad cambiante, para hacer posible la actualización del autogobierno que, de nuevo, la propia Constitución reconoce y garantiza.

P. ¿Habría que blindar las competencias estatales en la Constitución o esos apartados hay que dejarlos como están?

R. Las competencias estatales están garantizadas en el texto constitucional. Y no han sido alteradas por las reformas estatutarias. Otra cosa es que las disputas competenciales sean consustanciales a todo Estado compuesto y que, por eso, se prevean medios institucionales para resolverlas. Sobre el Tribunal Constitucional recae esencialmente esta labor, y a sus pronunciamientos hay que atenerse. No creo, por ello, que las competencias estatales, consagradas al máximo nivel normativo posible, estén en peligro.

P. ¿Qué balance hace de la oleada de reformas estatutarias de nueva generación a los tres años de ponerlas en marcha?

R. Falta aún perspectiva suficiente para hacer un balance. Pero hay algo ya contrastado sobre este proceso: que todas las reformas concluidas hasta ahora han contado con un altísimo consenso desde el principio hasta el final y reflejan, así, una clara voluntad política democrática de las comunidades y una importante tarea también de las Cortes Generales, a la hora de armonizar esa voluntad con el interés general que la Constitución encarna. Sólo ha habido una excepción, el de la reforma del Estatuto de Cataluña, pero ha sido así porque su discusión se ha visto muy condicionada por la posición, tan diferente, que sobre Cataluña y en Cataluña tienen los dos grandes partidos de ámbito estatal.

Y se puede añadir que era conveniente actualizar el autogobierno de las comunidades ante nuevas realidades como la inmigración, o la propia experiencia institucional de las mismas; que era conveniente abrir cauces de participación a las comunidades en las decisiones del Estado, que era conveniente sentar las bases de un nuevo sistema de financiación, que era conveniente reforzar el estatus jurídico-político de los ciudadanos de cada comunidad autónoma reconociéndoles nuevos derechos respecto de los poderes públicos de la misma, etc...

P. ¿No teme que el Tribunal Constitucional pueda desvirtuar con su sentencia el contenido de la reforma del Estatuto catalán?

R. No, nunca siento temor ante una sentencia del Tribunal Constitucional, y tampoco sobre ésta. Al alto tribunal le corresponde garantizar el respeto a la Constitución en la actuación de las Cortes Generales; y creo que es muy positivo -una gran conquista del Estado de derecho- que ningún acto de los poderes públicos escape a ese control. Tampoco los estatutos de autonomía, pues también ellos están sometidos a la Constitución.

El Parlamento no aprueba leyes inconstitucionales, aprueba leyes con la conciencia de su conformidad a la Constitución, y con esta misma conciencia -y trabajando para que así fuera- se han aprobado también las reformas estatutarias. Desde esta presunción de constitucionalidad hay que partir, dejando a salvo por completo el papel del Tribunal Constitucional. El Tribunal, finalmente, se pronunciará y recibiremos su pronunciamiento, éste y todos los demás, con el máximo respeto y acatamiento a la sentencia y a la interpretación de la Constitución que de la misma se desprenda.

P. La ley del matrimonio homosexual, si finalmente la respalda en todos sus términos el Constitucional, ¿obliga a cambiar la Constitución?

R. La ley del matrimonio homosexual no cambia la Constitución ni obliga a modificarla: hace llegar los propios principios y mandatos constitucionales a ámbitos donde hasta entonces el legislador civil no había llegado. Con esta pretensión, y la de eliminar una discriminación injustificada y con un alto valor simbólico, la aprobamos.

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