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El Consejo Fiscal pone reparos a la repatriación de menores delincuentes

La medida figura en la reforma de la Ley de Extranjería elaborada por el Gobierno

El Consejo Fiscal, organismo asesor del fiscal general del Estado en el que están representadas las asociaciones de fiscales, ha cuestionado la repatriación de menores extranjeros que cometan delitos sancionados con una pena privativa de libertad superior a un año, en un informe sobre la reforma de la ley de Extranjería que proyecta el Gobierno.

La ley prevé como causa de expulsión que el extranjero haya sido condenado a pena superior a un año de prisión, y la reforma pretende extender esa consecuencia a menores de edad tutelados por servicios de protección.

El informe considera esta proposición "controvertida", ya que el menor repatriado se vería privado de cumplir los objetivos de efectiva reinserción que establece la legislación de menores. Propone que se determine si se refiere a todos o sólo a los de 16-17 años, ya que la ley penal del menor establece dos tramos punitivos.

También propone que se aclare si la sustitución del internamiento por la repatriación o expulsión se aplicará a los que pasados nueve meses han obtenido el permiso de residencia y están en situación legal en España.

El Consejo Fiscal considera que la medida "tampoco es proporcional" con los casos en que se acuerda el internamiento cerrado, que sólo está previsto para hechos en que concurre violencia o intimidación, o peligro para la vida e integridad de las personas. En cambio, muchos delitos conllevan una pena superior a un año, que en aplicación de la Ley Penal del Menor pueden quedar en desistimiento o en medidas distintas del internamiento cerrado. El informe propone "reflexionar más profundamente" sobre dicha medida, que califica también de "incongruente".

Otra de las modificaciones que prevé el anteproyecto consiste en suprimir el plazo de tres días con que contaba la autoridad judicial para acordar la expulsión, previsión que el informe valora positivamente "al no existir razones que justifiquen la existencia de dicho plazo". No obstante, prosigue el informe, se sigue sin incorporar el trámite de audiencia previa al extranjero para el que se solicita la expulsión, previsión que sí contempla el artículo 142 del Reglamento de Extranjería. Y la audiencia de los menores de edad no acompañados "constituye un derecho fundamental del artículo 24 de la Constitución que sería oportuno introducir en la ley".

El informe del Consejo Fiscal se suma a los del Consejo Económico y Social y del Foro para la integración de los Inmigrantes, que señalaron luces y sombras en el proyecto del Gobierno. Aún no se han hecho públicos los del Consejo General del Poder Judicial (del cual circula una primera versión) y del Consejo de Estado.

Luces y sombras

En su informe, el Consejo Fiscal valora positivamente la equiparación en el derecho a la educación de españoles y extranjeros, tanto en el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria, como en la obtención de la titulación académica correspondiente y el sistema público de ayudas.

Asimismo, acoge favorablemente el capítulo dedicado a las reagrupaciones familiares, aunque el anteproyecto incluye un concepto de familia restringido a padres e hijos y limita la posibilidad de reagrupar a los ascendientes del cónyuge del residente.

El Consejo Fiscal dedica un extenso capítulo a la asistencia jurídica gratuita. "Resulta cuestionable", dice, "que se establezca en el procedimiento de concesión del derecho a la asistencia jurídica gratuita condiciones diferentes y más gravosas fundadas exclusivamente en la condición de extranjero del solicitante".

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