Las cajas deberán publicar el sueldo de sus consejeros y altos directivos
El Gobierno extenderá al sector los requerimientos de transparencia de las cotizadas - Las votaciones de los accionistas sobre sueldos serán consultivas
La presión social para que el sistema financiero sea más transparente no excluye a las cajas de ahorros. Y más si además pueden recibir ayudas que proceden de los impuestos de los ciudadanos. El Gobierno parece haberlo entendido así y está dispuesto a reforzar las exigencias de transparencia sobre las remuneraciones de los consejeros y altos directivos de las cajas. En el futuro, deberán desglosar todo lo que perciben los consejeros y altos ejecutivos por el desempeño de sus labores. Hasta ahora lo hacían en conjunto, es decir, sin especificar lo que corresponde a cada ejecutivo. De esta forma, sitúa a estas entidades al mismo nivel que las empresas cotizadas, a las que también se les exige un plus de transparencia en sueldos con la nueva Ley de Economía Sostenible.
La CNMV tendrá poder sancionador sobre las agencias de calificación
El anteproyecto endurece la fiscalidad de los planes de opciones
Incluso el Gobierno ha ido más lejos. En el texto dice: "En el caso de las cajas de ahorros, estas obligaciones deberán cumplirse también en relación con los miembros de la Comisión de Control". Lo cierto es que en el párrafo precedente se menciona sólo a las empresas cotizadas y no a las cajas, pero fuentes de Economía y del Tesoro aclararon que si hace falta se realizarán las modificaciones necesarias para que quede claro que la transparencia sobre los sueldos también afectará a las cajas. Las mismas fuentes señalan que también lo podría pedir directamente el Banco de España, que, según otra disposición del anteproyecto, "determinará la información mínima que deberá ser objeto de publicación" en lo referente a retribuciones.
Hasta ahora, el organismo dirigido por Miguel Ángel Fernández Ordóñez ha remitido dos cartas a las entidades para que adecuen sus remuneraciones a lo establecido en las últimas reuniones del G-20 y el Foro de Estabilidad Financiera.
En el caso de las empresas cotizadas, las retribuciones se someterán además a votación de la junta como punto separado, aunque, según el anteproyecto, ésta tendrá sólo carácter consultivo.
Respecto a los bonus o sueldos variables, la nueva legislación también establece modificaciones. El Banco de España será el responsable de "requerir" a las entidades con problemas de solvencia "que limiten las remuneraciones variables cuando sean incoherentes con el mantenimiento de una base sólida de capital".
Esta ley también limita las deducciones de los bonus de los directivos. Hasta ahora, al tributar, se reducían un 40% los ingresos generados en un plazo superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente. En el futuro, la cuantía del rendimiento íntegro sobre el que se podrá aplicar la reducción "no podrá superar el importe de 600.000 euros anuales".
Ahora se añade además que el cómputo del periodo de generación, en el caso de que estos rendimientos se cobren de forma fraccionada, deberá tener en cuenta el número de años de fraccionamiento. Y se endurecen algo los requisitos si se trata de opciones sobre acciones. En tales casos, "sólo se considerará que el rendimiento del trabajo tiene un periodo de generación superior a dos años y que no se obtiene de forma periódica o recurrente, cuando se ejerciten transcurridos más de dos años desde su concesión, si, además, no se conceden anualmente".
La ley presentada por la vicepresidenta Elena Salgado dice que se garantiza la protección al inversor en la colocación de emisiones dirigidas comercialmente al público en general, en las que no haya obligación de publicar folleto. No lo cita, pero el artículo parece hecho ex profeso para la emisión de pagarés de Nueva Rumasa, que tanta publicidad ha tenido. En las modificaciones de la Ley del Mercado de Valores se establece que cuando se trate de una colocación de emisiones dirigidas al público en general empleando cualquier forma de comunicación publicitaria, deberá intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversión. Sin duda, será un alivio para la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que nunca ha visto con buenos ojos emisiones de este tipo que pueden generar quejas de los inversores.
En la crisis financiera, uno de los focos ha estado en la actuación de las agencias de calificación de riesgos, que no fueron capaces de ver la falta de solvencia de los activos financieros basados en hipotecas basura. En este contexto, la Ley de Economía Sostenible dice que "las agencias de calificación crediticia sujetas al Reglamento/2009/CE se someterán al régimen de supervisión e inspección de la CNMV". Además, se conceden al organismo poderes sancionadores sobre tales entidades con un régimen específico que se establecerá en el futuro.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.