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Fabra recurre para que el Supremo no revise su supuesto fraude al fisco

El presidente de la Diputación de Castellón pugna por la prescripción

María Fabra

El aún presidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo con el que pretende que este tribunal no revise la prescripción de sus delitos fiscales, dictada por la Audiencia provincial de Castellón. Fabra, imputado por tráfico de influencias, cohecho y fraude fiscal, esgrime ante el tribunal dos posibilidades para tratar de que la imputación por los fraudes fiscales se limite a un ejercicio. Por una parte, argumenta que los recursos a la decisión de la Audiencia no deberían admitirse. Por otra, exhibe su discrepancia con las tesis de la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado y la acusación popular sobre el momento en el que se paralizó el plazo de prescripción (cinco años) de los delitos fiscales que se le imputan.

El tribunal debate si deja sin juzgar un presunto fraude de 1,5 millones
El dirigente del PP insiste en criticar la tardanza de los peritos judiciales

En el caso de que el Supremo acepte sus tesis, quedará sin ser juzgado el fraude de 1,5 millones de euros que los peritos judiciales atribuyeron al matrimonio Fabra, a quienes imputaron más de tres millones de euros como ingresos no justificados en sus cuentas.

La Audiencia de Castellón determinó, en diciembre, que cuatro de los cinco delitos fiscales que se le imputaban a Carlos Fabra habían prescrito y que contra esta decisión no cabía recurso. Sin embargo, poco después cambió de criterio y admitió la argumentación de las acusaciones sobre la posibilidad de que fuera el Tribunal Supremo el que decidiera sobre esta prescripción. Así, uno de los argumentos del recurso presentado ahora por Carlos Fabra pretende desbancar esta posibilidad y alega que no se dan los requisitos legales establecidos para que el Supremo admita los argumentos de las acusaciones.

Respecto a la prescripción, la tesis de la Audiencia era que el hecho de que la propia sala dictara el inicio de la investigación sobre el incremento patrimonial del presidente de la Diputación, iniciada por orden judicial en 2006, no implicaba el acto jurídico suficiente para paralizar los plazos de prescripción. Esto suponía que el trabajo realizado por dos peritos judiciales durante cerca de cinco años no servía para nada. Fabra expone la misma teoría ante el Supremo y explica que, en el caso de que el inicio del informe pericial hubiera supuesto el objeto de imputación necesario para paralizar el plazo de prescripción, los hijos del dirigente del PP también habrían sido imputados, puesto que formaban parte de la investigación, y "no lo están".

"Lo que hubiera sido normal", insiste el recurso del presidente de la Diputación, "es que el dictamen pericial se hubiera realizado con una mínima prontitud", explica. Y aporta otro argumento referente al artículo 132 del Código Penal que señala que el plazo de prescripción se paraliza solo por un plazo máximo de seis meses y que, en este término, ha de dictarse una resolución judicial motivada.

El titular del juzgado número 1 de Nules llamó a declarar a Carlos Fabra y a su exesposa, María Amparo Fernández, en mayo de 2010, un mes después de recibir el informe pericial que les señalaba como presuntos autores de un total de nueve delitos fiscales, que posteriormente rebajaron a siete. Las acusaciones se refieren a ejercicios comprendidos entre 1999 y 2003. En el caso de que el Supremo acepte las tesis de Fabra, la imputación por fraude se limitará a un ejercicio, el de 1999, ya que en este caso la Agencia Tributaria sí presentó denuncia.

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