_
_
_
_

Alcampo pagará a Llanera por un híper no construido

El juez determina el pago de 20 millones de euros

La multinacional francesa Auchan (en España, Alcampo) deberá pagar, a través de su filial inmobiliaria Inmochan, 20,26 millones de euros a Llanera, actualmente en suspensión de pagos, por la construcción de un hipermercado en Catarroja a pesar de que la urbanización en la que se ubica, en el PAI de Nou Mil·leni, está paralizada por dos autos del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana, según informó ayer el diario Cinco Días.

La decisión la ha tomado el juez que tramita la suspensión de la inmobiliaria valenciana. Al parecer, y tras fijarse la fecha del 28 de septiembre para la celebración de la junta de acreedores, el único activo viable de Llanera para evitar la liquidación de la empresa es el PAI de Nou Mil·leni, una macrourbanización de 12.000 viviendas en la que Llanera participa al 50% con la sociedad pública Instituto Valenciano de la Vivienda.

El PAI de Catarroja Nou Mil·leni está paralizado por dos autos del TSJ
Más información
El juez reitera que Alcampo debe pagar 26 millones a Llanera

Actualmente, siempre según el diario económico, el PAI cuenta con el visto bueno tanto del Ayuntamiento de Catarroja como de la Generalitat. Sin embargo, a instancias del abogado del Estado, la urbanización está paralizada porque en el expediente hay dos escollos: la acreditación de que se cuenta con suministro de agua suficiente y el impacto ambiental de una urbanización que supondrá duplicar la población del municipio.

En el contrato de Auchan con Llanera había dos cláusulas de salvaguarda según las cuales, en el caso de que en diciembre de 2008 el suelo afectado no se hubiese reparcelado, la multinacional francesa podría reclamar que la firma Patrimonial Algama (al igual que la inmobiliaria, también de la familia Gallego) comprase su parte y así desentenderse del proyecto. Algama se negó y Llanera pidió el pago de la ejecución del hipermercado, aunque no ha empezado a construirlo. Y ahora el juez da la razón a la inmobiliaria valenciana al entender que el contrato del híper afecta al interés del concurso de acreedores.

Inmochan considera la sentencia "manifiestamente injusta" al entender que las cláusulas de salvaguarda del contrato son válidas.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_