Prisión preventiva oficiosa: el uso de la fuerza sobre la inteligencia
La consecuencia de la medida es que los verdaderos culpables de los delitos seguirán impunes, cometiendo nuevos delitos libremente. A mediano plazo dejará de ser redituable electoralmente
Haré un análisis perverso: intentaré entender a quienes defendieron el aumento en el catálago de prisión preventiva oficiosa. Los diputados de Morena y su aliados son gobierno y tienen que dar resultados en seguridad. Saben que ahí está una de las deudas más importantes del expresidente López Obrador y saben también que la falta de resultados pronto empezará a costarles votos.
Entonces se convencen de lo que les decían y les siguen diciendo desde el Ejecutivo: la Guardia Nacional y las policías detienen conforme a derecho, las fiscalías investigan bien, se acabó la tortura, no hay siembra de pruebas, los jueces corruptos liberan a quienes logramos capturar con tanto esfuerzo porque quieren que salgan miles de delincuentes peligrosos a las calles.
Se alistaron en bloque a votar la reforma que les dejó firmada el expresidente: ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa para incluir los delitos extorsión, actividades ilícitas relacionadas con fentanilo y otras drogas sintéticas, contrabando y operaciones relacionadas con falsos comprobantes fiscales.
Además, para que –con todo y la reforma judicial– no se les vaya a colar un juez corrupto que quiera sacar a los “probables delincuentes”; se les ocurre blindar su reforma con un texto que dice:
“Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los Órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia ya sea de manera total o parcial”.
Los diputados votaron sin cuestionar los impactos diplomáticos de este párrafo que niega a los jueces la capacidad de interpretar. En 2023, la Corte Interamericana emitió dos sentencias contra el Estado Mexicano referentes a la prisión preventiva oficiosa. El referido párrafo niega básicamente la aplicación de los Tratados Internacionales en Derechos Humanos firmados y ratificados por México en este sentido y, desde luego, dichas sentencias de la Corte. No hizo falta modificar el artículo primero Constitucional, como amenazaron hace un par de semanas. Con este párrafo en el artículo 19 Constitucional tienen para mandar la señal a los organismos internacionales de que no están dispuestos a cumplir con los tratados.
Otra cosa que parece que tampoco cruzó por su cabeza es el contrasentido de ampliar el catálogo de prisión preventiva oficiosa, si lo que se busca es priorizar la capacidad de acción penal del Estado. Del 2018 a la fecha han sumado 14 delitos al catálogo de prisión preventiva oficiosa: la misma medida aplica para robo en casa habitación, que para la producción de fentanilo.
También pasaron por alto que tal vez –sólo tal vez– también hay militares y fiscales corruptos. Si esto es así, ampliar el catálogo de prisión preventiva oficiosa facilita la siembra de culpables. La consecuencia de ello es que los verdaderos culpables de los delitos seguirán impunes, cometiendo nuevos delitos libremente, lo cual a mediano plazo dejará de ser redituable electoralmente.
Finalmente, tampoco pensaron en las consecuencias de tener a tantas personas presas sin sentencia, en su inmensa mayoría pobres. Por las condiciones de hacinamiento, violencia y precarización que se viven en muchas de las prisiones, las y los internos sufren daños mayores a los causados y la espiral de violencia crece. El más reciente ejemplo lo vemos todas y todos con la alarmante cantidad de suicidios de mujeres en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) 16.
Lo que es una realidad, es que cayeron de nuevo en el populismo penal. La misma fórmula que demostró su fracaso en los sexenios de Calderón, Peña Nieto y López Obrador. Se negaron a pensar en otras opciones como cambiar en la Constitución el concepto de prisión preventiva oficiosa por justificada o localizadores electrónicos si el objetivo –como dicen– es evitar fugas y mantener a salvo a las víctimas.
Tampoco pensaron en fortalecer otras medidas de prevención de los delitos, como pueden ser los inhibidores de señal en las prisiones desde donde se comete una gran cantidad de extorsiones.
Muchos menos apostaron por sanciones diversas a la prisión, particularmente en los delitos patrimoniales que privilegien la reparación del daño, evitando con ello llenar las cárceles de personas empobrecidas sin defensa adecuada.
En el mejor de los casos eligieron hacer uso de la fuerza sobre la inteligencia.
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