La Suprema Corte se inclina por mantener la prisión preventiva oficiosa en la Constitución
Hasta el momento, tres de los 11 ministros del pleno rechazan la propuesta de eliminar la polémica figura legal. La sesión continuará el martes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha terminado su primera sesión sobre la prisión preventiva oficiosa sin nada decidido. Este lunes el ministro Luis María Aguilar ha presentado su proyecto de eliminar esta polémica figura legal, recogida en el artículo 19 de la Constitución, por ir en contra de los derechos humanos. Después de su comparecencia, se han posicionado cuatro de los 11 ministros del pleno: tres de ellos en contra de la propuesta de Aguilar, y uno, a favor, lo que inclina la balanza hacia mantener la prisión preventiva oficiosa en la Carta Magna.
El canal de YouTube de la Suprema Corte ha recogido esta mañana la alta expectación sobre este debate jurídico histórico. El ministro Aguilar ha ocupado la primera parte de la sesión en resumir las razones por las que su proyecto aboga por acabar con la prisión preventiva oficiosa.
El jurista ha recordado el panorama mexicano en la cárceles: más de 92.000 personas están en prisión sin haber recibido una sentencia, son cuatro de cada 10. “Una cifra alarmante”, ha apreciado Aguilar, que ha explicado que el uso indiscriminado de la prisión preventiva es uno de “los principales problemas en el respeto de los derechos humanos de la región” porque “se ocasionan efectos nocivos que no deberían ser permitidos por un Estado democrático”. El ministro ha puesto como ejemplo que una persona acusada de contrabando, por una pena que podría ser de tres meses, y es enviado a prisión preventiva oficiosa puede pasarse mucho más tiempo del que sería su condena entre rejas.
Aguilar ha hecho mucho hincapié en la diferencia entre los dos tipos de prisión preventiva que tiene México: la justificada y la oficiosa. La primera es ordenada por el juez cuando percibe que hay riesgo de que el acusado se fuge u ocasione daños a la víctima, y la oficiosa se aplica de forma automática en un catálogo de 16 delitos, que van desde el feminicidio hasta el huachicoleo. “No se propone que la prisión preventiva desaparezca, sino que dicha medida cautelar solo pueda ser dictada por un juez cuando el Ministerio Público lo justifique”, ha insistido Aguilar “para la gente que está siguiendo la sesión”.
El debate ha empezado de forma muy dura hacia el proyecto del ministro Aguilar. Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y Alberto Pérez Dayán han anunciado que van a votar en contra. Los tres bajo la misma base: consideran que la Suprema Corte no tiene facultad para modificar un artículo recogido en la Constitución. Esta es la gran cuestión que ha divido en las últimas semanas a los especialistas. Como, efectivamente, la SCJN no tiene poder para reformar la Constitución, la propuesta del ministro Aguilar iba por eliminar el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que es la ley secundaria que sirve para aplicar la Constitución. Esto significaba, para el ministro, “inaplicar” la Carta Magna, es decir, ignorar uno de sus artículos pero sin tener tocar el texto.
Sin embargo, este subterfugio gramatical no ha convencido a los tres ministros. Pérez Dayán ha sido contundente: “No soy quien para desprender hojas de la Constitución”. “No somos responsables de reformar o redactar la Constitución, pero sí somos los primeros obligados a respetarla”, ha dicho Esquivel, que ha incidido en que la Suprema Corte es “el máximo garante” del texto constitucional. En la misma línea se ha manifestado Ortiz, que ha lanzado la pelota a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al considerar que es el ente que podría acabar con la prisión preventiva oficioso.
Aunque el voto anunciado ha sido el mismo, los ministros han mostrado posturas diferentes con respecto a la prisión preventiva oficiosa. Pérez Dayán ha reconocido un abuso de esta figura legal y ha planteado incluso la necesidad de limitar los delitos por los que se aplica de forma automática: “Tales cifras se deben al incremento probablemente excesivo y ambiguo de tipos penales que se acompañan con prisión preventiva, o incluso, por un uso indebido de la figura más allá de su propia naturaleza cautelar hasta llevarla a un castigo anticipado y público, ello me hace reflexionar de que existen razones sobradas y justificadas para revisar periódica y, profundamente, el modo en que la figura está diseñada”.
En cambio, la ministra Esquivel ha defendido la necesidad de esta medida cautelar. En la misma línea que el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador, Esquivel —una de las ministras nombradas por el actual presidente— ha asegurado que es un instrumento ante el escenario de inseguridad que vive el país. “No es una medida cautelar deseable para el Estado Mexicano; sin embargo, suprimirla significaría una decisión que generaría mayores costos sociales, porque implicaría dejar a la sociedad a merced de las bandas dedicadas al crimen organizado”, ha apuntado.
Única posición a favor
Por su parte, la última ponencia de la sesión ha sido del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, que se ha decantado por votar a favor del proyecto. “Considero que las normas impugnadas se insertan dentro de un sistema de prisión preventiva automática que incumple con los derechos humanos, con la libertad personal, con la presunción de inocencia de los imputado”, ha dicho, aunque ha acotado que privilegia la importancia de mantener la integridad de la Constitución. La visión del ministro es que el error no está en el propio artículo de la Constitución sino en su traducción, en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales. “Él salva la Constitución”, explica el abogado Luis Tapia.
Con estos resultados en la primera sesión, se presagia un rechazo a la propuesta de Luis María Aguilar. El proyecto necesita para ser aprobado ocho de los 11 votos, y de momento ya lleva tres en contra, lo que implicaría que en la sesión de mañana, todos los ministros tienen que posicionarse a favor, un quórum que, en opinión de los expertos, parece difícil de alcanzar. “Ya no hay margen de error”, señala Tapia, que reconoce que es muy poco probable que se apruebe el proyecto. “Mañana empieza a hablar el ministro Pardo y él ha tenido una posición consistent de que se podían hacer críticas a la prisión preventiva oficiosa, pero que cuando había una restricción prevalecía la Constitución”, detalla el abogado, que también recuerda que la ministras Ana Margarita Ríos Farjat ha estado a favor incluso de ampliar la prisión preventiva oficiosa incluso a los delitos fiscales, como se hizo en 2019 a propuesta del Gobierno de López Obrador.
El rechazo al propuesto del ministro Aguilar no es la única oportunidad de terminar con esta figura legal. Todavía falta por empezar a discutir el proyecto de la ministra Norma Piña, que pide también acabar con la prisión preventiva oficiosa en base a un amparo por el caso de Brandon Alexis Flores Ramírez, hermano de Óscar Andrés, El Lunares, quien fue uno de los líderes de la Unión Tepito. Ese proyecto necesita ocho votos para salir aprobado, pero solo seis para quedarse como precedente no obligatorio. Esto significa que los jueces podrían decidir si usarlo o apartarse. Y todavía queda el camino de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que está discutiendo el caso de Daniel García y Reyes Alpízar, quienes pasaron 17 años en prisión preventiva oficiosa.
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