El Tribunal Superior de Andalucía obliga a un club de alterne a dar de alta a sus prostitutas
La decisión de los jueces llega después de una visita de la Inspección de Trabajo al local
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha obligado a dar de alta en la Seguridad Social a las 12 prostitutas del club de alterne Eróticas Goya, aunque tres jueces han emitido un voto particular en el que advierten del peligro de que el empresario se vea con derecho a exigirles una prostitución forzada.
Las 12 chicas ejercían la prostitución en el citado local desde el 27 de septiembre de 2001. La decisión del Tribunal llega después de una visita de la Inspección de Trabajo al club de alterne. Aunque el empresario F.M.R. argumentó que las mujeres "ejercían libremente la prostitución en el horario de apertura" de su club, la sentencia declara que entre ambas partes "se daban los requisitos de una relación laboral".
De hecho, las mujeres trabajaban en un horario establecido, de 21 horas de la noche a 5 de la madrugada, disponían de una taquilla para depositar sus objetos personales, y su trabajo consistía en la captación de clientes, por lo que percibían una remuneración del 80% de las consumiciones.
La sentencia, sin embargo, ha sido laboriosa y tuvo que ser debatida por el plenario de los 12 magistrados de lo Social del TSJA, tres de los cuales emitieron un voto particular en el que consideran que el dueño del local "podría exigir a las interesadas el cumplimiento de las tareas contratadas, aún en contra de su libertad" si se le reconocen las "facultades y derechos derivados de su condición de empleador y los poderes directivos y organizativos".
En ese caso, la actividad empresarial sería "ilícita, por contraria a la ley" al "facilitar el ejercicio de la prostitución con evidente peligro de que ésta sea forzada o no libre" y la consiguiente "vulneración de los derechos fundamentales a la libertad sexual". Por ello, los magistrados proponen dar a este caso el mismo trato que a los contratos de inmigrantes que se declaran ilegales, en los que se mantienen los derechos y prestaciones de la Seguridad Social, pero las prostitutas podrían "abandonar la actividad en cualquier momento, respetando así plenamente su libertad personal".
La sentencia del TSJA confirma el alta en la Seguridad Social como "camareras de alterne" de las 12 mujeres, tal como hizo de oficio la Inspección de Trabajo a raíz de su visita al local.
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