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Una víctima poco precavida

Absuelto de estafa por la imprudencia del prestamista

La supuesta víctima no fue muy prudente. La Audiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre que fue acusado de estafa por no devolver un préstamo de 90.000 euros porque no hubo "engaño suficiente" y el prestamista debió tener una "mínima y razonable prudencia" ante el "cúmulo" de antecedentes del presunto estafador.

No era la primera vez que el acusado, M. M. G. C., le había pedido dinero al denunciante, J. A. M. L. Y el prestamista ya había tenido dificultades antes para recuperar lo prestado.

En esta ocasión, el denunciante le prestó 90.000 euros en enero de 2005. Según la sección séptima de la Audiencia, en una sentencia a la que tuvo acceso Efe, el prestamista debió "extremar las precauciones" ante los intereses "rayanos en la usura" pactados, pues el acusado le prometió devolver el dinero con una ganancia adicional de otros 33.000 euros a los dos meses.

Además, en el documento privado de préstamo el procesado le ofreció como garantía, en caso de impago de los cuatro pagarés entregados, una vivienda en la barriada de Montequinto de Dos Hermanas (Sevilla), que en realidad no figuraba a su nombre en el Registro de la Propiedad, aunque el denunciante no comprobó dicho extremo. La fiscalía de Sevilla había pedido para el procesado una condena de cuatro años y medio de cárcel por un delito de estafa, pero la sentencia considera que no hubo "engaño suficiente" desde una perspectiva jurídico-penal, pues numerosas circunstancias debieron hacer sospechar al denunciante.

Así, los jueces sostienen que el prestamista debió extremar las precauciones de "autoprotección". La sentencia considera que hubo un "cúmulo de circunstancias" que habrían permitido al denunciante detectar la estafa "de haber actuado con una mínima y razonable prudencia", pues las maniobras del acusado no habrían engañado ni a un "ciudadano medio".

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