La Audiencia declara procedente la extradición del ex militar Cavallo

La Audiencia Nacional estimó ayer procedente la petición de extradición del ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo, alias Sérpico, que solicitó el juez Baltasar Garzón, así como su procesamiento por delitos de terrorismo y genocidio, y que se mantenga la prisión que acordó el magistrado tras su detención en México.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia adoptó esta decisión en dos autos en los que decide desestimar sendos recursos interpuestos por el fiscal jefe de este tribunal, Eduardo Fungairiño, en contra de la petición de extradición de Cavallo, su pr...

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La Audiencia Nacional estimó ayer procedente la petición de extradición del ex militar argentino Ricardo Miguel Cavallo, alias Sérpico, que solicitó el juez Baltasar Garzón, así como su procesamiento por delitos de terrorismo y genocidio, y que se mantenga la prisión que acordó el magistrado tras su detención en México.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia adoptó esta decisión en dos autos en los que decide desestimar sendos recursos interpuestos por el fiscal jefe de este tribunal, Eduardo Fungairiño, en contra de la petición de extradición de Cavallo, su procesamiento y la orden de prisión. Fungairiño y el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, han mantenido desde el inicio de los sumarios sobre los desaparecidos en Argentina y Chile que España no es competente para juzgar esos crímenes, tesis que contradice la doctrina de la misma Sala de lo Penal, la Cámara de los Lores británicos y la legislación internacional.

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Para la Audiencia, la fiscalía 'no discutió en lo más mínimo' en sus escritos 'la improcedencia' de las decisiones de Garzón, y, según manifestó 'de forma expresa y con evidente claridad', el fin de sus recursos 'no es otro que disentir con el parecer de la Sala de lo Penal respecto a la competencia de la jurisdicción española' para investigar crímenes contra la humanidad. Todo ello 'aun siendo plenamente consciente de que tal asunto fue ya resuelto por el pleno de dicha Sala de forma contraria con las tesis del ministerio público', destacan los autos. Sobre las medidas recurridas, 'el ministerio fiscal no ha pronunciado ni una sola sílaba, limitándose a reiterar la incompetencia de la jurisdicción española'.

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