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Dosis mínima: en qué consiste el nuevo decreto sobre el porte y consumo de drogas en Colombia

La resolución elimina la facultad de la Policía Nacional para sancionar con multas a portadores de la dosis mínima de droga y marca el rumbo de la política pública ante el consumo de estupefacientes

Un hombre prepara un cigarro de marihuana, en Bogotá (Colombia), el 6 de mayo de 2023.
Un hombre prepara un cigarro de marihuana, en Bogotá (Colombia), el 6 de mayo de 2023.Long Visual Press (Universal Images)
Alejandro I. López

Un nuevo decreto pretende combatir la persecución a los consumidores de droga en Colombia. El documento, expedido por el Gobierno Nacional el 7 de diciembre de 2023, deja sin efecto la medida emitida por el presidente Iván Duque en octubre de 2018, que definía el procedimiento y facultaba a la Policía Nacional para incautar la dosis mínima de droga y sancionar con multas a los portadores de marihuana, cocaína, heroína, drogas sintéticas o sus derivados, o quienes consumieran estas sustancias en el espacio público.

¿Cuál es la dosis mínima y cómo se define?

La clave del decreto 2114 de 2023 está en la dosis mínima, definida por la ley como “la cantidad de estupefacientes que una persona porta o conserva para su propio consumo”. En Colombia, esta dosis se limita a 20 gramos de marihuana, cinco de hachís, dos de metacualona y un gramo de cocaína o sus derivados. Esta dosis se limita al consumo de la persona portadora. No se considera de uso personal si la droga, sin importar su cantidad, tiene como fin su distribución o venta. El decreto derogado permitía entonces a la Policía incautar la dosis mínimo, y perseguir a quienes la portaban, bajo el argumento de que no era para uso personal.

La nueva decisión se orienta en el sentido de la nueva Política Nacional de Drogas, una estrategia lanzada por el Gobierno de Petro para reorientar el combate contra la producción y el consumo de estupefacientes a través de dos ejes principales: revertir la dependencia de miles de campesinos al cultivo hoja de coca y evitar su criminalización; y erradicar la infraestructura que sustenta la producción, así como las finanzas del narcotráfico.

¿Qué alcance tiene el Decreto 2114?

El decreto levantó suspicacia entre distintos sectores críticos con la gestión de Petro que desaprobaron la nueva medida, asegurando que podría resultar contraproducente en el combate a las drogas y afectar la seguridad nacional. A través de un mensaje en X, el presidente explicó que “Todas las normas de penalización de la comercialización de drogas y el narcotráfico siguen vigentes”. El decreto únicamente elimina las multas a las personas portadoras de drogas de uso personal pera, con ello, evitar la criminalización de los consumidores.

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El ministro de Justicia, Néstor Osuna, explicó que la decisión únicamente se reduce a “ajustar las normas a lo que ha dicho la jurisprudencia desde hace unos cuantos años”, refiriéndose a las distintas sentencias del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, que establecen que el porte de la dosis mínima de drogas no se puede sancionar administrativamente. El presidente respondió a las críticas de los exmandatarios Álvaro Uribe e Iván Duque quienes implementaron una estrategia prohibicionista contra las drogas, asegurando que el decreto contribuirá a zanjar “la herida abierta entre la juventud barril y la policía local”, una relación basada en la criminalización a la que calificó de “persecución insensata contra los jóvenes de los que se sospecha son consumidores solo por ser jóvenes”.

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Alejandro I. López
Es editor SEO en EL PAÍS México y América. Antes en National Geographic en español, Architectural Digest y Muy Interesante. Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).
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