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Tribuna
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Cláusulas suelo: el gran aldabonazo

Se precisan supervisores unificados y potentes, servicios de atención al cliente autónomos y defensores independientes

Juan Antonio Ortega Díaz-Ambrona
Afectados por la cláusula suelo, durante una concentración en Madrid.
Afectados por la cláusula suelo, durante una concentración en Madrid.EFE

La pesadilla de las cláusulas suelo volvió a los periódicos. La reciente sentencia del Tribunal Europeo Justicia, de 21 de diciembre de 2016, propina un nuevo correctivo a unos bancos demasiado inclinados a pleitear, como Caja Sur, BBVA y Popular. El tribunal mantiene que se deben restituir a los clientes, sin límite o tope temporal, o sea, desde el principio, los pagos indebidos derivados de cláusulas suelo declaradas nulas. Algunos bancos, escudándose en ellas, habían cobrado de forma abusiva intereses superiores a los del mercado. La cláusula establecía que por debajo de un suelo x, los intereses de la hipoteca, convertidos en fijos, ya no disminuirían para los clientes, aunque a ellos les pudiese corresponder otros más, según el tipo variable de referencia adoptado.

Con esto, a partir de 2008 llovieron quejas de clientes, malheridos en sus intereses. Subieron las reclamaciones ante el Banco de España de 7.449 en 2008, a 14.760 en 2010. En 2013 se batieron récords y se alcanzaron las 34.645. Más de la mitad de ellas (18.387) por cláusulas suelo. En la Memoria del Defensor del Pueblo de 2010 ya se advertía de que los ciudadanos no recibían información adecuada sobre la aplicación de estas cláusulas, “viéndose desprotegidos en el ejercicio de sus derechos”.

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Entre tanto, ¿qué hicieron los bancos? Algunos de ellos pagaron o no habían usado la cláusula. Pero otros optaron por la vía judicial, enfervorizados en su creencia de que los clientes querían aprovecharse de los tipos bajos, incumpliendo un contrato, firmado ante notario, con su cláusula suelo, clara como el agua. Y rechazaron el examen equitativo, caso a caso, por no perjudicar los pleitos en curso.

Surgió entonces un rosario inacabable de pleitos con sentencias para todos los gustos. En unas ganaban los bancos y en otras, los clientes. La batalla era incierta. Cuando parecía ya que ganaban los clientes, llegó a los bancos un balón de oxígeno: la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla del 7 de octubre de 2011: Cajamar, BBVA y Caixa Galicia vieron premiada su insistencia litigante con un fallo judicial que negaba el carácter abusivo a la cláusula-suelo y la consideraba válida y vinculante. Los clientes eran unos protestones sin razón alguna.

Se precisan normas legales integradoras, breves y claras, que vivifiquen los viejos principios contractuales

Pero quedaba aún la última palabra, pronunciada por el Supremo el 9 de marzo de 2013 en sentencia atípica y compleja. Supuso un gran fracaso para las entidades recurrentes: de la decisión sevillana solo iban a quedar cenizas desdichadas, como en las ruinas de Itálica famosa. El Supremo afirmó que la cláusula suelo "carecía de la claridad y transparencia exigibles" y que faltó información previa y comprensible. Total: las repetidas cláusulas -no ilícitas en sí mismas- eran "abusivas y nulas". Los bancos tendrían que pagar a sus clientes sin aplicarlas. Pero el Supremo no exigió a los bancos pagar todo con efecto retroactivo, como si la cláusula nunca hubiese existido. Fue un pequeño respiro, que ahora el Tribunal europeo ha cortado. Para los jueces de Luxemburgo, de irretroactividad nada. Se produjo así el hundimiento del Titanic para las cláusulas suelo.

Y ahora la pregunta es: ¿por qué suceden estas cosas? ¿Qué consecuencias cabe sacar? Pues que nos han dado a todos un gran aldabonazo y conviene cambiar bastante.

Ante todo se precisa una regulación actualizada de los contratos en España. Esa es la primera lección a extraer. Ahora existe un galimatías de aluvión con normas dispersas, problemáticas y hasta contradictorias: civiles, mercantiles, de los consumidores y usuarios, financieras etcétera. Se precisan de urgencia normas legales integradoras, breves, claras, bien redactadas, que vivifiquen los viejos principios contractuales (consentimiento, buena fe) y los adapten a la práctica presente de contratos de adhesión pre-redactados en masa. Yo creo que con una sabia y prudente modificación del Código Civil, tascando excesos mercantilistas e integrando principios de protección de los clientes, llevaríamos mucho ganado en justicia, seguridad y equidad. Sin ella no debe extrañar que ni los juzgados se aclaren. Y uno diga blanco y otro negro, una Audiencia que y el Supremo que no. Y luego venga Luxemburgo con su guinda.

¿Saben que algunos bancos hacen mangas y capirotes con la declaración de “mala práctica” por el supervisor?

A ello debe unirse un mejor entendimiento y operatividad de lo que es buena y mala práctica. No entra aquí en juego si una cláusula es lícita o ilícita; válida o nula. Eso es cuestión diferente, genérica y anterior. Ni siquiera si es abusiva o no; transparente o no. La perspectiva es distinta y se centra en el caso concreto, sus circunstancias y las personas intervinientes. En este campo hay mucho tajo. Habría que simplificar y fortalecer el laberinto actual de supervisores, servicios de atención al cliente y defensores. Se precisan supervisores unificados y potentes, servicios de atención al cliente autónomos y dignificados, defensores profesionales independientes. Por ahí irían los tiros. ¿Saben que algunos bancos hacen mangas y capirotes con la declaración de “mala práctica” por el supervisor? ¿Están informados de que algunos servicios de atención al cliente son terminales con mando a distancia de la asesoría jurídica e, incluso, algún que otro Defensor del cliente? ¿No desvirtúan estas prácticas su misión? Todo esto se ha de modificar.

También el papel del notariado. Los notarios “tienen la misión de asesorar a quienes reclaman su ministerio”; son asesores de ambas partes y no empleados del banco. Algo se ha avanzado, sin duda, desde la época en que la escritura se autorizaba en el mismo banco y no en la notaría. Pero queda mucho camino por andar. Imaginen que un joven notario, antes de la firma explica al cliente que, según esa cláusula suelo que van a firmar, aunque el interés del préstamo, referenciado al euribor se sitúe en el 0,75%, habrá pagar el 5%, el 4%, el 3% o el 2,25%, según el suelo aplicable. Cabe que el cliente diga sí, acepte y firme. Y entonces no habrá problema porque sabe a qué se compromete. Pero, ¿y si dice que no? ¿Qué pasará? Pues me temo que ese osado notario iba a tener pocas papeletas para hacer más escrituras con ese Banco.

Y el último eco del aldabonazo para la cultura corporativa de los bancos. Cada banco es un microcosmos. En él conviven halcones y palomas. Entre estas están quienes piensan que el negocio irá bien, si el cliente está contento. Son gente con espíritu comercial que infunde confianza y buen rollo. Con buenas formas engordan la cuenta de resultados. Pero no faltan pájaros de presa y cuenta: yupis obstinados, ayatolas de la jugarreta y depredadores adictos al millón de sueldo por méritos de guerra. Resultan estos más mortíferos y contagiosos que el ébola. Nunca reconocerán su error, aunque se lo diga el Supremo, Luxemburgo o San Pedro. Y a la larga socavan la reputación de los bancos con sus perniciosas astucias.

Juan Antonio Ortega Díaz-Ambrona es consejero electivo de Estado.

 

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