Sortu no estará en las elecciones
El Supremo rechaza por unanimidad el recurso de la formación 'abertzale'.- La defensa puede recurrir ante el Constitucional hasta el 18 de abril.- El alto tribunal no tiene un plazo concreto para resolver la apelación
La Sala Especial del artículo 61 del Tribunal Supremo ha decidido no admitir, por unanimidad, el incidente de nulidad de actuaciones presentado por los abogados de Sortu, el pasado 7 de abril, contra el auto que rechazó su inscripción como partido político.
Según el Supremo, la inadmisión se justifica porque las cuestiones planteadas por los letrados Iñigo Iruin y Adolfo Araiz ya están resueltas en el auto que rechazó la inscripción, por lo que no procede declarar su nulidad.
Tras la inadmisión de este incidente, los abogados ya tienen expedita la vía para acudir en amparo ante el Tribunal Constitucional. La fecha límite para la interposición del recurso es el 18 de abril, precisamente el último día en el que los partidos políticos pueden presentar sus candidaturas. Esta circunstancia hace imposible que el Consitucional pueda pronunciarse antes de esa fecha por lo que Sortu no podrá concurrir a las elecciones del 22 de mayo. El alto tribunal resolverá, en su caso, previsiblemente dentro de varios meses.
El Supremo justifica el rechazo porque las cuestiones planteadas por la defensa de Sortu ya están resueltas en el auto que rechazó la inscripción
Tras la inadmisión los abogados tienen expedita la vía de amparo ante el Consitucional
Iruin era consciente de que incidente de nulidad impediría al alto tribunal pronunciarse antes de la fecha límite para presentar las listas electorales
En el momento de presentar el incidente de nulidad, Sortu era muy consciente de que con ello dilataban el procedimiento y sería prácticamente imposible obtener un pronunciamiento del Constitucional a tiempo de presentar sus listas. Pero, según admitió Iruin, a la marca de Batasuna no le importaba tanto participar en unas elecciones como demostrar que son un partido legal.
El camino hacia la legalización
La decisión de la Sala del 61 marca el último capítulo de la carrera por la legalización de la formación. Tras presentar su marca, el grupo abertzale intentó legalizar sus estatutos en el Ministerio del Interior el pasado 9 de febrero. El departamento de Alfredo Pérez Rubalcaba remitió el texto a la Abogacía y a la Fiscalía General del Estado. Los estatutos de Sortu recogían una condena "sin ambages" de todo tipo de violencia y, específicamente, la de ETA, pero no exigía la disolución de la banda terrorista. Tras conocer la intención de legalizarse, la Fiscalía General del Estado y la Abogacía recurrieron la inscripción al entender que Sortu era un instrumento de Batasuna "al servicio de ETA". La demanda de la Abogacía se fundamentaba en sendos informes de la Policía y la Guardia Civil, que identificaba al partido con un "un proyecto de la banda terrorista".
Después de la decisión del Supremo de impedir a Sortu, se presentó la coalición electoral de Eusko Alkartasuna (EA) y Alternatiba (formación escindida de Izquierda Unida-Ezker Batua), que sería la decimocuarta de la izquierda abertzale, desde la fundación de Herri Batasuna en 1978. Para evitar correr la misma suerte que Sortu y escenificar su distanciamiento con ETA, Bildu ha anunciado este jueves que sus candidatos deberán firmar un compromiso de oposición "por todos los medios que legítimamente tengan a su alcance" a cualquier violación de los derechos humanos y al uso de la violencia".
La irrupción de Sortu y Bildu en escena ha provocado que PP y PSOE supediten la legalización de la formación abertzale al visto bueno de los tribunales. Si bien es cierto que en el seno del PSOE ha existido cierto disenso, como el que se produjo por la publicación de un artículo del presidente del PSE, Jesús Eguiguren, que acusó en un artículo en al presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, de la falta de valentía por la legalización de Sortu y de supeditar su política antiterrorista "a la derecha" no paran.
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