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Columna
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El voto por correo

El oscuro episodio de Melilla relacionado con los comicios del 27 de mayo pertenece claramente al mundo de la picaresca electoral. El gerente del PP en la ciudad autónoma encargó a una imprenta 1.000 ejemplares -con autocopiativo- del formulario oficial para el voto por correo; aunque canceló formalmente el pedido dos horas antes de que la Guardia Civil registrara por orden judicial el establecimiento, el trabajo estaba terminado. Por chusco que sea el incidente, el registro histórico de los falseamientos de las urnas no incluye sólo aquellas grotescas consultas del franquismo (el presidente-fundador de los populares, Fraga, fue el muñidor como ministro de Información del referéndum de la dictadura de 1966) donde los colegios podían arrojar más papeletas a favor de la opción patrocinada por el régimen que ciudadanos censados. La pre-democrática monarquía constitucional de la Restauración consagró la práctica generalizada del pucherazo; los Gobiernos del turno fabricaban sus propias mayorías parlamentarias desde la Administración estatal y con la colaboración de las redes caciquiles, que hacían votar a los muertos, sobornaban a los vivos, alteraban el censo, falsificaban actas, simulaban escrutinios y rompían urnas.

El sistema nacido con la Transición -regulado por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) de 1985- rompió con esa trapacera tradición y suministró al proceso del sufragio una garantista cobertura judicial. La picaresca política, empero, siempre encuentra resquicios para burlar la vigilancia de la ley. El voto por correo es el campo preferido para esas prácticas fraudulentas: los censos inflados por los alcaldes con personas afines a su partido que residen en otros municipios pero conservan su derecho de sufragio como vecinos, los segmentos de población que habitualmente engrosan la abstención técnica (enfermos, ancianos, viajeros, imposibilitados, pasotas) y los residentes en el extranjero inscritos en el CERA son un apetitoso caladero. Si en las elecciones municipales y autonómicas de 1991 el PP de Madrid falsificó 3.000 firmas notariales para conseguir otros tantos sobres de votantes por correo enviados a las mesas electorales, ahora Melilla (los vecinos con derecho a voto eran 46.815 a 1 de marzo de 2007 y los residentes en el extranjero inscritos en el CERA 2.962) parece haber tomado el relevo.

Se diría que los populares están dispuestos a llevar hasta el último extremo la privatización del sector público: ahí es nada la orden de imprimir 1.000 ejemplares de un formulario oficial del proceso electoral. El secretario general de los populares ha dado un paso más en esa dirección al sostener que la solicitud del voto por correo puede descargarse de la web del Ministerio del Interior; cuando se recuerda que Acebes desempeñó esa cartera y fue abogado en ejercicio (¿quién se animará a encargarle un pleito cuando vuelva a su bufete?), es difícil saber si su disparate jurídico-político se debe a la mala fe o a la ignorancia.

Sin embargo, la prolija regulación del voto por correspondencia (ese es su nombre legal) que detalla la sección 10ª del capítulo 6 de la LOREG no deja espacio a la estrambótica innovación pseudo-empresarial de usurpar las funciones de la Administración para pescar votos en los hospitales, los conventos religiosos, las residencias de ancianos, los inscritos en el CERA o los silenciosos censados que no han ejercido nunca el derecho de sufragio. La ley establece que la solicitud dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral para ejercer el derecho al voto por correspondencia será formulada en el documento facilitado por una oficina de Correos y presentado personalmente en ese servicio postal con el acompañamiento del DNI y la comprobación de la firma del peticionario; en caso de enfermedad o incapacidad del solicitante, su representante deberá mostrar el poder notarial o consular y el certificado médico correspondientes. La lógica invita a pensar que los 1.000 ejemplares encargados por los populares a una imprenta como réplica exacta del formulario oficial para el voto por correo no estaban destinados a quienes realizan personalmente el trámite en la oficina postal sino a los residentes en Melilla o en el extranjero que se presten a delegar en el PP la obtención del poder notarial y el certificado médico, la comparecencia del representante en Correos... y la introducción de la papeleta en el sobre certificado enviado a la mesa electoral.

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