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Entrevista:JOSU ERKOREKA | PNV

"El rechazo deja el recurso al pueblo"

1. La reforma del Estatuto (plan Ibarretxe) ya ha sido aprobada por mayoría absoluta del Parlamento vasco. Con ello se ha cumplido el art. 46.1 b) del Estatuto de cara a su reforma. Lo que ahora procede es iniciar, en la Comisión Constitucional del Congreso, el trámite previsto en el art. 151.2.2º de la Constitución. Según él, la comisión debe examinar el texto "con el concurso y asistencia de una delegación de la Asamblea proponente para determinar de común acuerdo su formulación definitiva". Todo intento de obstaculizar esta solución sería una grave irresponsabilidad política. Abocaría a una confrontación de legitimidades democráticas que habría que evitar con la palabra y, a ser posible, el consenso. La Constitución habla, con claro grafismo, de buscar "de común acuerdo" la formulación definitiva.

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2. La reforma está formulada desde el diálogo abierto con la Constitución. Una actitud que prefiere concebirla como un instrumento flexible al servicio de la convivencia democrática, y no como un rígido muro de contención vocado a truncar proyectos. El encaje constitucional de una gran parte de su contenido sería posible si se intentase en serio explorar las posibilidades que ofrece la enorme elasticidad con la que aborda el autogobierno vasco. Quienes consideran que es inconstitucional deberían abandonar la descalificación genérica y especificar los motivos por los que creen que lo es, formulándolos como enmiendas en el proceso bilateral y negociado al que se refiere el art. 151.2.2º de la Constitución. Éste es el momento.

3. El Congreso sólo podría rechazar el proyecto si los grupos mayoritarios del Congreso optasen por incumplir el artículo l51.2.2º de la Constitución y rehusasen el procedimiento bilateral y negociado, previsto para la reforma. En ese caso, se produciría un grave bloqueo político. La negativa a negociar, ahora, tras cuatro años en los que esos mismos grupos se han negado a hacerlo en el Parlamento vasco, no dejaría más salida que recurrir al pueblo, última ratio a la que cabe apelar en democracia.

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