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TRIBUNALES

El TSJ prohíbe a Ibi que vierta sus aguas residuales en el Gabarnera

El TSJ ha confirmado la decisión de la Confederación Hidrográfica del Júcar de retirar la autorización provisional que atorgó al Ayuntamiento de Ibi para que vertiera aguas residuales, procedentes del saneamiento de la población, en el barranco Gabarnera. Dicha autorización provisional se concedió hace diez años con la condición de que en el plazo de seis meses el Consistorio pusiera los medios necesarios para tratar adecuadamente los vertidos. A pesar de las reiteradas advertencias en todo este tiempo de la Confederación Hidrográfica, el Ayuntamiento no ha solucionado el problema alegando dificultades de diversa índole. Contra la decisión de la Confederación el Consistorio de Ibi interpuso un recurso ante el TSJ. El tribunal ha dictaminado que los defectos formales alegados por el Ayuntamiento y que han impedido solucionar el problema son "improcedentes" y denotan la voluntad de "dilatar más aún la solución". También señala la importancia del tratamiento de aguas para prevenir riesgos en la salud de los ciudadanos.

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