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El Ayuntamiento de Cádiz cobrará el IAE a cajas y bancos que entregan regalos como promoción

El delegado de Hacienda del Ayuntamiento de Cádiz, José Blas Fernández (PP), anunció ayer la intención municipal de iniciar el cobro del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a las entidades bancarias y cajas de ahorro cuando entregan regalos de promoción. El consistorio ha tomado esta decisión una vez conocida una sentencia del Tribunal Supremo, que viene a considerar que la entrega de productos promocionales que usan estas oficinas para completar sus condiciones financieras (vajillas, bicicletas, enciclopedias...) está sujeta a una condición de venta como minorista de estos artículos, por lo que deben soportar los impuestos habituales. La sentencia responde a una solicitud hecha por el Ayuntamiento de Burgos, que fue al mismo tiempo realizada por el Ayuntamiento de Cádiz en 1995. En el texto se establece el "interés general" de la misma, es decir la posibilidad de aplicación generalizada de la decisión del Supremo. El alto tribunal aclara que la actividad de las entidades financieras "sólo comprende las operaciones puramente financieras", de forma que "aquéllas de distinta condición y carácter que ordinariamente pueden ser desarrolladas por las cajas de ahorro, deben ser incluidas y tributar por los epígrafes que a cada una corresponda específicamente". En su texto se concluye que "realizar determinadas operaciones, como regalos de vajillas, cuberterías, libros, aparatos de radio, bicicletas, (...) constituye un rendimiento de capital inmobiliario, en especie, sometido a la obligación de ingreso a cuenta por parte de la entidad que lo entrega y sujeto al IRPF del perceptor, de modo que tales regalos forman parte del coste de las operaciones financieras, por razón de cuya suscripción se entregan al cliente". El Supremo estima que el pago del IAE por parte del Ayuntamiento no sólo corresponderá a la entidad bancaria que oferta el servicio, sino a todas las oficinas en las que se disponga del producto de promoción ante el cliente. Blas Fernández aseguró que desde hace tres años se viene realizando un estudio de los bienes promocionales que otorgan las entidades en Cádiz, ante las demandas de las asociaciones de consumidores y de comerciantes, que entendían estas operaciones como un claro caso de competencia desleal. La sentencia tiene carácter retroactivo, por lo que el Ayuntamiento de Cádiz ha previsto el cobro de este tributo contabilizando las operaciones realizadas por bancos y cajas en los últimos cinco años.

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