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Los médicos y la tortura en la Inquisición española

Es lamentable que una de las más nobles profesiones, como es la de la medicina, aparezca tan a menudo y en tantos países como colaboradora con las fuerzas represivas. Aun dejando atrás esa tenebrosa noche de la humanidad que fue el nazismo, en la que el papel de muchos médicos excedió todo lo imaginable, entrando en los caminos de la más delirante e inhumana seudociencia, son muchos los regímenes de nuestro tiempo en los que los miembros de la profesión médica se ven implicados en. la represión y en la tortura. Y su papel se muestra aun más repelente porque parece que al vigilar los excesos de los torturadores y cuidar del estado físico de sus víctimas aportan una cierta legalidad a lo que no es más que una repugnante degeneración de la justicia y un ataque al más elemental derecho humano: el de la integridad física.Esta colusión entre las autoridades represivas y la clase médica suele quedar a menudo, en sus entresijos, en la sombra de los calabozos. Sin embargo, existen sobre este problema en nuestro país datos muy claros e ilustrativos por el hecho de que sobre tal contubernio abundan los testimonios escritos. Estos testimonios se centran en los textos de los numerosos procesos llevados a cabo en España por la Inquisición, así como en las comunicaciones cruzadas entre los tribunales y la sede central del Santo Oficio referentes a diversos aspectos de los procedimientos judiciales, especialmente en lo que a la tortura se refiere.

Admitamos, como relativa exculpación, que las cifras de las víctimas causadas por la Inquisición española han sido exageradas a su paso por las lentes de aumento de la famosa leyenda negra. La intolerancia religiosa en el resto de Europa fue bastante más sangrienta que en nuestra patria. En esos tenían mucha razón los integrantes de una de las últimas y más interesantes emisiones de La clave, que versaba, precisamente, sobre este tema histórico. En cuanto a la tortura, hay también que reconocer que era habitualmente utilizada por la justicia civil y que los procedimientos empleados por la Inquisición, descritos por ahí fuera con detalles fantásticos que hubiera envidiado la más calenturienta mente de un guionista de cine de terror, eran pocos y conocidos, y en general aplicados con menos crueldad de la que se utilizaba en las cárceles del Estado.

Es indudable que en el Santo Oficio se tuvo preocupación por regular todos los aspectos de un proceso, comprendiendo la cárcel y el tormento. Lo terrible es que al tratar de reglamentar sus métodos de represión daban como sistema jurídico habitual la delación anónima, la arbitrariedad, la intimidación y la tortura.

Es aquí, precisamente, donde se hace necesaria la relación entre la Inquisición y la clase médica. Para controlar los efectos de la tortura y adecuarla al estado físico de los reos, el Santo Oficio necesitaba a los médicos y a los cirujanos. Éstos eran personajes siempre adscritos a las nóminas de la institución. Como dice Henry C. Lea en su conocida obra Historia de la Inquisición española, "se llamaba siempre al médico y al cirujano cuando se desnudaba al reo, a fin de que lo examinase, y tenían que estar a mano por si se les necesitaba en caso de accidente". A menudo plasmaban sus exámenes y recomendaciones en un informe, las más de las veces en un pintores-

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co lenguaje seudomédico. Dícese, por ejemplo, en causa seguida a una tal Juana Gómez, hilandera de 50 años de edad, torturada por el tribunal de Granada, que habiéndose quedado dos veces desmayada en el potro, "se manda al medico para que la visitase, asistiese y la aplicase remedios con que se hallase más robusta y pudiese continuarse la diligencia". El médico informa que "examinados los pulsos los halla tardos, duros y débiles, que el halito del cuerpo es squalido, señales que testifican ser sujeto de calor natural débil que es el que con façilidad se rinde a cualquier causa que subito corrumpit naturam, como lo es cualquiera ac9ión dolorosa... y lo que esta rea podria tolerar segun sus fuerzas sera hasta el terçer grado del tormento"'. No se sabe qué es más repelente en este caso, si el eufemismo de llamar "diligencia" al tormento o el lenguaje médico, que parece arrancado de la obra de Molière El enfermo de aprensión.

Otras veces parece el Santo Oficio preocupado por denuncias relativas a los excesivos daños causados por la tortura. Así, el "Consejo de la Suprema y General Inquisición", en noviembre de 1677, pide al tribunal consiguiente que informe de que "en casso que se bote un reo a tormento asta ligarle, como se executa este tormento", y éste contesta que "el ministro de justicia que en esta ciudad a executado los tormentos a echo las ligaduras tan fuertes que a dejado a los mas tan estropeados que unos an estado en peligro de perder la vida y otros de perder los brazos". Como consecuencia de esta investigación, en lo sucesivo se aligeró algo el tormento, y los reos sólo probaron las ligaduras, "dejandose de executar las de los molledos y la mancuerda". De todos modos, magro consuelo fue ello para los que ya habían sufrido los mordiscos de las sogas -la famosa "mancuerda"- que el verdugo de turno, también eufemísticamente denominado ministro de justicia", apretaba hasta que llegaban al hueso.

No faltan tampoco las académicas disquisiciones sobre la óptima duración de la tortura. A demanda de la Suprema, el Tribunal de Granada informa, es de suponer que después de consultar su biblioteca de medicina y de tormento, que "allamos que los autores que tratan de este punto dicen no se puede dar por mas tiempo que por espaçio de una ora.... y el que mas se alarga dice que por la cosa mas grave se puede pasar a la quarta parte de la segunda ora". No obstante, parecen poco proclives a la reglamentación externa de su tiempo de tortura cuando añaden astutamente que "en la parte donde se esta exerçiendo el tormento no se puede oir relox", sin aclarar si es por el ruido que representan los lamentos de las víctimas. Se ve de todos modos que lo del tormento es para ellos quehacer reposado que no debe embarullarse, ya que añaden: "Mayormente cuando por V. A. esta ordenado que en el tormento se baya despaçio por los buenos efectos que de ello se an experimentado".

Pero no siempre la intervención médica vela por los excesos de la tortura; también, por sus defectos. Así, un doctor informa a la Suprema de que se dio tormento a cinco reos sin que ninguno confesara por lo que "aumenta" -dice- "la mala fe contra el berdugo que da dichos tormentos, viendo que dentro de pocos dias estan sanos y sin lesion alguna". Por eso propone el cuitado que "se mande traer otro berdugo con todo recato y secreto". Contesta a ello la Suprema "...que en el potro del tormento adviertan al verdugo cumpla con su deber y este atento a ello, y haga que el cirujano reconozca al reo y informen de lo que resulta". En otro caso, quizá para evitar excesos del verdugo, quizá para lo contrario, se propone que las cosas se hagan bien para lo que sería menester "que el çiruxano se allegase a ligar a los reos y después de ligados se salga durante el tiempo del tormento...".

Como puede verse, con médicos o sin médicos, los hechos aparecen en su terrible crueldad, y los intentos de regular estos sistemas represivos e inhumanos no favorecen ni a los reos, ni a la causa de la justicia ni a los que en ello intervienen. Los intentos de reglamentar el horror sólo consiguen hacerlo aun más horroroso.

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