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El juez abre un sumario sobre las actuaciones de la Caja Layetana

El magistrado Rafael Gimeno, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Mataró, ha dictado auto de procesamiento contra el director general de la Caja de Ahorros Layetana, Pere Antoni Dòria, y el ex jefe de los servicios jurídicos de la citada entidad, Francesc Serra, por presunto delito de préstamo usurario encubierto.El proceso guarda relación con la ya retirada querella criminal contra estas dos personas que había presentado la empresa Talleres Cypp, en relación a una operación crediticia realizada mediante una compraventa. A pesar de que ambas partes habían llegado a un acuerdo hace algunas semanas, el magistrado Rafael Gimeno decidió proseguir la investigación del caso.

El juez considera que las conductas de los procesados pueden considerarse ínmersas en las tipificadas en los artículos 542 y 543 del Código Penal, el segundo de los cuales castiga con la pena de presidio menor "el que encubriere con otra forma contractual cualquiera la realización de un préstamo usurario aunque no exista habitualidad".

El magistrado ha puesto a cada encausado sendas fianzas de 1.500.000 de pesetas, que deben hacerse efectivas en el plazo de veinticuatro horas, para cubrir la responsabilidad civil. El juez no ha decretado fianza alguna en concepto de libertad provisional al no considerarla necesaria.

Los hechos que han determinado la actuación judicial hacen referencia a un crédito de veintinco millones de pesetas concedido por la Caja de Ahorros Layetana a Talleres Cypp, SA, cuya devolución en el plazo de tres años se transformaba en 42 millones de pesetas.

En realidad, lo que debía ser una operación crediticia se realizó mediante un contrato de compraventa, celebrado el 10 de abril de 1981, por el que Talleres Cypp vendía con escritura pública a Caja de Ahorros Layetana parte de una finca por veinticinco millones de pesetas y el mismo día, en un mismo acto, la entidad de ahorro volvía a vender el inmueble por 42 millones de pesetas en un contrato privado. El abogado de la empresa, Josep Peña, considera que el interés resultante es del 34%.

Contrariamente, Pere Antoni Dòria señala que como los gastos fiscales y de notario propios de la compraventa ascendieron a unas 4.300.000 pesetas, el interés real de la operación ha sido del 16,43%. Pero se da la circunstancia de que los contratantes acordaron destinar cinco millones de pesetas para cancelar una hipoteca anterior y otras 500.000 para gastos, por lo que el auto señala que como "fueron percibidos 19.500.000 pesetas y que debían cobrarse 42 millones en los plazos que se refieren en el coste de la operación equivalente a la rentabilidad bruta obtenida por el prestamista es del 56,31% y la tasa de descuento comercial aplicado ascendería al 22%".

Este cálculo es rechazado por el director general de la entidad, quien asegura que no se pueden incluir en la rentabilidad los gastos de la operación derivados de los impuestos ni los de la cancelación de la hipoteca. Y recuerda asimismo que la empresa no llegó a pagar ninguna letra y que no discutió el contrato hasta transcurridos nueve meses.

Tanto el consejo de administración de la caja como el comité de empresa emitieron ayer sendos comunicados en los que mostraban su confianza hacia los dos procesados y esperaban que los recursos que se interpongan aclaren pronto los hechos.

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