Ortega Cano, condenado a cárcel
La juez le impone dos años y medio de prisión por el choque mortal Anulada la prueba de alcoholemia porque se rompió la cadena de custodia
A José Ortega Cano le ha llegado la hora de la verdad. Ha sido condenado a dos años y medio de cárcel por el accidente que protagonizó el 28 de mayo de 2011. Su coche invadió el carril contrario y chocó contra el de Carlos Parra, un camarero que se dirigía a su trabajo, y que murió en el acto. A la espera de la ejecución de la sentencia, de momento, Ortega Cano no ingresará en prisión, pero sí lo hará en caso de confirmarse la pena tras los recursos judiciales previstos, al superar los dos años de cárcel. Hoy el torero no ha acudido a recoger la sentencia. Se encontraba refugiado en su finca Yerbabuena, a pocos kilómetros del lugar donde se produjo el mortal accidente. Junto a él, su última pareja y el bebé que acaban de tener. Hoy su círculo más íntimo ha filtrado que la pareja planea casarse en breve.
El Juzgado 6 de lo Penal de Sevilla le ha condenado por un delito de homicidio con imprudencia grave y otro contra la seguridad vial por conducción temeraria al chocar con otro vehículo a 125 kilómetros por hora en una vía limitada a 90. El diestro invadió durante 60 metros el carril contrario y adelantó antes de una curva sin visibilidad.
La fiscalía, sin embargo, pedía cuatro años de cárcel que ahora la juez Sagrario Romero ha reducido porque considera nula la prueba de alcoholemia para determinar si el torero conducía borracho esa noche. La magistrada excluye el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, ya que, en su opinión, se rompió la cadena de custodia al extraer la sangre del torero mientras este era operado en el hospital.
El análisis de sangre reflejaba un índice de alcoholemia que triplicaba el permitido por ley. La juez no lo acepta porque pudo haber sido manipulado, ya que solo se siguió el protocolo “clínico” y no el que fija la ley para estos casos. “No se han podido acreditar que las muestras analizadas por el Instituto Nacional de Toxicología correspondieran a las muestras sanguíneas del acusado a su ingreso en el hospital, tras el accidente (...) No obra en lo actuado ni conocemos el documento donde constan todos y cada uno de los intervinientes en esa cadena de custodia hasta la entrada de la muestra de sangre en el Instituto Toxicológico”, reza la sentencia.
Ortega Cano también ha sido sentenciado a tres años y seis meses sin carné de conducir, Y, además, tendrá que hacer frente a una indemnización de 181.122 euros destinados a la viuda, hijos y familiares de la víctima, aunque el pago ha sido abonado por las compañías aseguradoras.
Ha sido el abogado del diestro, Enrique Trebolle, quien acudió a recoger el fallo. El torero no ha hecho declaraciones tras conocer la sentencia. Eso sí, hizo saber que estaba “destrozado”. Trebolle ha aportado algún detalle más. Ha destacado que el torero reaccionó a la sentencia de manera “quieta y reflexiva”.
Los letrados de la víctima han mostrado su satisfacción por el hecho de que la condena implique el previsible ingreso en prisión del condenado. La familia de Carlos Parra también ha delegado en su letrado, quien ya adelantó que recurrirá la sentencia en segunda instancia. La fiscalía también recurrirá.
El debate sobre el fallo de la juez se centra en especial en la anulación de la prueba de alcoholemia que en la sentencia se justifica así: “Los indicios señalados no alcanzan la seguridad necesaria para fundar un fallo condenatorio en cuanto a que el acusado hubiera ingerido bebidas alcohólicas, ni en cuanto a que de haberlas ingerido, tal ingesta influyera en la conducción”. Además, la magistrada subraya las “declaraciones contradictorias” de los testigos durante el juicio, celebrado hace un mes.
La sentencia considera los testimonios de un bombero, dos médicos y un intensivista que no apreciaron “ningún signo externo de embriaguez” en el torero. Por el contrario, un camarero destacó cómo Ortega Cano “no se tenía en pie” cuando abandonaba el restaurante al que acudió antes del accidente. Pero la juez desacredita el testimonio por ser una apreciación subjetiva sin corroboración objetiva.
Las asociaciones de víctimas de tráfico han lamentado, al conocer la sentencia, que el torero fuera condenado “solo” a dos años y medio de prisión, una pena que consideran “insuficiente” y que demuestra que “matar en la carretera es baratísimo”.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.