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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Las razones del tribunal

El Constitucional antepone la participación de los partidos legales de Bildu a otras consideraciones

Los apretados resultados registrados en todas las votaciones, tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional, sobre la participación electoral de Sortu, primero, y de la coalición Bildu, después, muestran hasta qué punto se trata de un asunto controvertido: de un problema frente al que las dos respuestas posibles, levantar o mantener el veto, contaban con argumentos poderosos. Están fuera de lugar, por ello, las conclusiones maniqueas que han acompañado al pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Ni es cierto que anular las listas hubiera supuesto cuestionar la lógica del Estado constitucional, ni lo es que autorizar la participación de Bildu signifique dar entrada a ETA en el sistema.

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Lo cierto es que el tribunal tenía que decidir entre resoluciones inevitablemente problemáticas; entre otras cosas por sus derivaciones políticas. Dejar pasar las candidaturas reforzaría las posiciones que dentro de la izquierda abertzale han ido más lejos en el distanciamiento con la estrategia político-militar; algo seguramente necesario para que den el paso aún pendiente: la exigencia de retirada definitiva de ETA sin condiciones; pero esa luz verde a la participación supondría también interrumpir la dinámica que había conducido a esos sectores hasta el borde mismo de la ruptura con la banda.

Si al Tribunal Supremo le corresponde aplicar el principio de legalidad en las demandas de ilegalización de partidos y a sus intentos defraudatorios, al Constitucional le queda reservado verificar -mediante el juicio de constitucionalidad- si la decisión ha vulnerado derechos fundamentales. El caso era muy propio para un juicio de ese tipo, puesto que la anulación de todas las candidaturas de Bildu afectaba, en principio, a los derechos de participación política no solo de los independientes relacionados con la antigua Batasuna sino a los miembros de dos partidos legales. Y no es verosímil, sostiene la mayoría del Constitucional, que el hecho de acoger a candidatos de la izquierda abertzale actual haya llevado a esos partidos a renunciar a su actitud siempre contraria a la violencia.

Es un argumento de peso porque una función de este tribunal en la aplicación de la Ley de Partidos es actuar como garante último de la limpieza electoral, especialmente de la igualdad de condiciones de los contendientes. En nombre de ese principio se justificó la prohibición de Batasuna, por su relación con una banda que condicionaba con su amenaza selectiva los comicios. Pero es dudoso que pueda extenderse a dos partidos legales, salvo que se demostrase que han aceptado someterse a la estrategia diseñada por la banda, incluyendo fingir el rechazo a la violencia.

El tribunal ya rechazó la posibilidad de extender la prohibición a un partido legal como Iniciativa Internacionalista, para el que pidió el voto la izquierda abertzale en las europeas de 2009. Un criterio que ahora ha aplicado a EA y Alternatiba. Y si el Constitucional considera verosímil que ETA y Batasuna compartieran en su origen la estrategia de coalición soberanista, como sostuvo el Supremo, estima que de ello no se deduce que EA y Alternatiba se hayan dejado instrumentalizar por la banda.

Se trata de argumentos aplicables a una coalición con partidos legales, y precisamente en función de los derechos de candidatos y votantes potenciales de tales formaciones; no es seguro, por tanto, que el Constitucional vaya a resolver en el mismo sentido el recurso presentado por los promotores de Sortu, el partido emanado de Batasuna, con el que los de Otegi intentarán participar en las elecciones generales y autonómicas. En ese recurso lo que se dilucidará es algo que en este ha quedado desdibujado: si la obvia continuidad entre la vieja Batasuna y la que ha creado Sortu y pactado Bildu pretende seguir actuando como instrumento de la estrategia de ETA. Algo que dista de ser evidente hoy.

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