Habló el Constitucional
Un tribunal no es como Roma, que cuando habla, la discusión sobra. Pero la decisión del Tribunal Constitucional sobre las agrupaciones electorales Abertzale Sozialistak (AS), asociadas bajo la clara marca de Batasuna, y sobre la mitad de las candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), que confirma la anulación de todas ellas por el Supremo, debería servir para dar por superada la discusión sobre si el Gobierno debió instar la ilegalización de ANV o la anulación de todas sus listas electorales. Y para reforzar la confianza en la capacidad del Estado de derecho para hacer frente a la reiterada pretensión de Batasuna de colarse en las instituciones sin desvincularse de ETA o condenar la violencia que ejerce con el fin de condicionar la vida política.
Mantener que ETA y Batasuna han vuelto a las instituciones a través de las candidaturas no impugnadas de ANV es una simplificación que no se corresponde con la realidad y una hipótesis que no se deduce de las resoluciones del Tribunal Supremo avaladas por el Constitucional. Por de pronto, los dirigentes y personas conocidas de Batasuna no estarán en ninguna institución, según venían exigiendo como si fuera un derecho; y no podrán estar ni siquiera miembros camuflados en las principales instituciones (Parlamento navarro, Juntas Generales, ayuntamientos de las capitales), pues han sido anuladas las listas correspondientes en sus varias fórmulas de camuflaje.
Cabe aventurar que en la decisión de la abogacía del Estado y del ministerio fiscal de no instar la ilegalización de ANV y la anulación de todas sus listas pudo concurrir algún cálculo político, además de estrictas razones jurídicas. Y cabe también señalar la aparente incoherencia de que, existiendo un designio por parte de Batasuna de instrumentalizar electoralmente a ANV, la impugnación se circunscribiera a una parte de sus listas y no a todas ellas. Pero, de acuerdo con un criterio garantista que es propio de su función, el Tribunal Constitucional considera que sería desproporcionado disolver ANV, dando por hecho que ese partido legal ha sustituido a todos los efectos al ilegal, cuando lo único judicialmente constatable es que ha intentado concurrir a las elecciones con un determinado número de candidaturas "fagocitadas" por Batasuna. No es imprescindible asumir la complicada teoría elaborada por el Constitucional (posibilidad de una apropiación gradual del partido legal por el ilegal) para compartir la conclusión de que no procede la disolución sin más de ANV ni la pasividad ante las pruebas de que determinadas candidaturas sí habían sido utilizadas al servicio del fraude.
Las del día 27 son las cuartas elecciones en que Batasuna ha intentado burlar, no ya la Ley de Partidos, sino la exigencia democrática de participación en la vida política en igualdad de condiciones: sin la amenaza de las pistolas. En esta ocasión ha intentado hacerlo ensayando una fórmula inédita, lo que ha ocasionado complejos problemas de encaje jurídico. Pero el Supremo y el Constitucional han sabido responder al desafío con el rigor y el equilibrio de la ley.
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