Garzón y la memoria
El juez intenta forzar la identificación oficial de los desaparecidos bajo el franquismo
El juez Garzón ha dictado una providencia para que los ayuntamientos de Madrid, Granada, Córdoba y Sevilla, además de otros organismos e instituciones como la Conferencia Episcopal, la Abadía del Valle de los Caídos o varios archivos y registros estatales, identifiquen a los desaparecidos y enterrados en fosas comunes durante el franquismo. Con esta iniciativa, Garzón parece haber encontrado una vía para no desestimar las denuncias presentadas por ocho asociaciones de memoria histórica y, al mismo tiempo, no ignorar los argumentos de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que el pasado febrero aconsejó su archivo.
Además de alegar la prescripción en virtud de la amnistía de 1977, la fiscalía señalaba que las muertes denunciadas ante Garzón fueron consecuencia de delitos comunes, sobre los que la Audiencia Nacional no tiene competencia. Como tampoco la tiene sobre los crímenes contra la humanidad, que deben ser juzgados en los lugares donde se cometieron los hechos. La vía emprendida por Garzón concede cierta validez a estos dos últimos argumentos, al enmarcar la providencia dentro de la decisión sobre su competencia. Pero sólo para forzar que el Estado realice a instancias de la Audiencia Nacional lo que, incomprensiblemente, no ha hecho hasta ahora por impulso político: elaborar un censo de desaparecidos bajo el franquismo.
Con ese censo en la mano, Garzón podría decidir que, como apuntó la fiscalía, no tiene competencia para tramitar las denuncias. En realidad, la providencia habría servido para alcanzar un objetivo distinto, y es el de que sea el Estado -y no los familiares u organizaciones privadas- quien asuma la búsqueda y la identificación de las personas desaparecidas o sepultadas en fosas comunes desde el inicio de la Guerra Civil. Además, Garzón ha requerido a las partes para que identifiquen a quienes han participado en la apertura de las fosas, a fin de extender el control judicial sobre esas iniciativas. Es decir, ha tratado de recuperar para las instituciones, y sólo para ellas, unas acciones que la Ley de Memoria Histórica dejaba en gran parte en manos de particulares, haciendo que el Estado abdicara de tareas que le corresponden en exclusiva.
La providencia de Garzón viene a deshacer la contradicción en la que se había colocado la Audiencia Nacional al investigar desapariciones en América Latina mientras que, en España, parecía ignorar la represión llevada a cabo por el franquismo. Paradójicamente, Garzón no se ha apoyado en la Ley de Memoria Histórica, sino que ha partido de sus incongruencias jurídicas y sus insuficiencias. Falta por saber si el sobrecargado aparato judicial español estará en condiciones de asumir el ingente trabajo que Garzón ha echado sobre sus hombros. Pero, en cualquier caso, la providencia habrá contribuido a abrir archivos que estaban cerrados y que, si no en el ámbito de la justicia, serán útiles en el de la historia.
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