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La situación en el País Vasco

Una entidad con prestigio técnico pero cuestionada independencia

El Gobierno vasco creó con un decreto su Comisión Jurídica Asesora en 1999, con escaso entusiasmo y obligado por el Tribunal Constitucional, que le dio a elegir entre constituir un órgano colegiado propio o someter sus actuaciones al Consejo de Estado. Aunque nunca ha sido un órgano mimado por el Ejecutivo autónomo, el trabajo del órgano consultivo vasco ha gozado, en general, de un acreditado prestigio técnico, sobre todo en la época de su anterior presidente, Enrique Lucas.

En 2004, se elevó a rango de ley su regulación. Su independencia está cuestionada desde la misma aprobación de esa norma. Salió adelante con el único apoyo de los grupos del tripartito y la oposición del PSE-EE y del PP, tras negarse el Gobierno a que sus miembros fueran elegidos, al menos la mitad, por el Parlamento. Así es en algunas comunidades autónomas, pero el Ejecutivo se parapetó tras el argumento de que también a los miembros del Consejo de Estado los elige el Gobierno. La oposición se negó también a admitir que a su frente estuvieran, como presidente y vicepresidente, y como miembros natos, dos altos cargos de la vicepresidencia del Gobierno vasco.

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Ese hecho, tal y como expresó en forma de temor durante el debate parlamentario la portavoz socialista, Joana Madrigal, ha resultado ahora decisivo ante el empate sobre el proyecto de ley de consulta, que ha convertido el voto de calidad del presidente en determinante para informarlo favorablemente.

Lo importante, dijo entonces la vicelehendakari, Idoia Zenarruzabeitia, para oponerse a las reclamaciones de la oposición, es la cualificación y la experiencia jurídico-administrativa de sus miembros.

La Comisión Jurídica Asesora, conocida coloquialmente como "Cojua", está integrada por diez letrados: el presidente, el vicepresidente y ocho vocales. Los dos primeros cesan al cesar en sus respectivos cargos en el Gobierno, pero los vocales son inamovibles y los nombra el Gobierno para seis años.

Entre las cuestiones de obligado sometimiento están los anteproyectos de ley, salvo los de presupuestos y los que distribuyen los recursos entre Gobierno vasco y Diputaciones. También los decretos y las disposiciones reglamentarias. Sólo las instituciones forales escapan a su competencia.

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