El Supremo permite al cerebro de la red Gürtel sumarse al acoso a Garzón
La Sala Penal admite que Correa acuse al juez por las escuchas en prisión
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo aceptó ayer la personación del principal implicado en la red Gürtel -la trama corrupta vinculada al PP-, Francisco Correa, en la querella recientemente admitida contra Baltasar Garzón por haber intervenido en prisión las comunicaciones de los principales implicados en la red y sus abogados, ante la sospecha de que éstos pudieran blanquear el patrimonio obtenido por sus clientes.
Aunque el Supremo no facilitó la providencia que admite la personación de Correa, fuentes del alto tribunal informaron de que éste sólo puede ser tenido por parte "perjudicada u ofendida" por los supuestos delitos cometidos por el juez Baltasar Garzón.
La admisión de Correa en la causa para poder ejercer la acusación contra Garzón gana mayor proyección al recaer pocos días antes de que el Tribunal Superior de Madrid tenga que pronunciarse sobre los recursos de los implicados en la red corrupta contra la intervención de sus comunicaciones en prisión, el próximo día 10.
El líder de la trama podrá personarse en calidad de ofendido por las escuchas
Las escuchas de Garzón, instadas por la Fiscalía Anticorrupción, fueron prorrogadas primero y avaladas después por el actual instructor de la causa, Antonio Pedreira. Contra ese aval de Pedreira a las escuchas se han volcado todos los abogados de los implicados en la red Gürtel, respaldados por el Colegio de Abogados de Madrid, que ha solicitado la nulidad.
El Supremo tampoco ha esperado a resolver el recurso de la Fiscalía contra la admisión a trámite de la querella contra Garzón sobre las escuchas. Esa querella, a la que ahora se ha sumado Correa, fue interpuesta por el abogado Ignacio Peláez en representación del empresario José Luis Ulibarri.
El pasado 25 de febrero, la Sala de lo Penal admitió la querella contra Garzón por un delito de prevaricación y otro de vulneración de la intimidad, en contra de la opinión del fiscal. Contra esa admisión a trámite, el teniente fiscal del Tribunal Supremo cuestionó seriamente en un recurso de súplica la conducta procesal del abogado Ignacio Peláez, al haber "ocultado interesadamente" a la Sala documentos del proceso, y haber presentado una versión "calculadamente fragmentada" de los hechos para lograr la admisión de la querella.
Aunque es muy difícil o casi imposible que prospere un recurso de súplica en una "causa especial" contra aforados, la admisión de Correa en la causa contra Garzón antes de estar resuelto el recurso del fiscal deja aún más en entredicho las escasas posibilidades de que los argumentos de la Fiscalía puedan ser tenidos en cuenta.
El fiscal alegaba que la intervención de comunicaciones ordenada por Garzón era "objetivamente necesaria" para la investigación de los hechos, y proporcionada a la gravedad de éstos, ya que iba encaminada especialmente "a investigar el delito de blanqueo de capitales que, según sólidos indicios, los imputados seguían cometiendo desde el establecimiento penitenciario".
El fiscal detalla en su recurso la participación de tres despachos de abogados en el sumario que instruye Pedreira por la presunta constitución de circuitos financieros para "ocultar, expatriar y repatriar los fondos de Francisco Correa"; por la creación de "nuevos circuitos financieros en Holanda, Antillas Holandesas y Suiza" y por "realizar gestiones para deslocalizar a Francisco Correa y hacerlo reaparecer como residente en el extranjero a fin de no tributar por las rentas obtenidas en España". También le atribuyen haber tratado de ocultar su patrimonio "mediante la interposición del ciudadano francés Antoine Sánchez como testaferro".
La admisión de Correa refuerza también la posición procesal de Peláez, cuyo defendido, el empresario José Luis Ulibarri, no fue sometido a escuchas, puesto que no llegó a ingresar en prisión. Sin embargo, Peláez fue a la cárcel a entrevistarse con los principales implicados en la trama y sus abogados para, según él, "preparar la defensa" de Ulibarri. Como Garzón había ordenado intervenir las escuchas de Correa, Crespo y Antoine Sánchez, Peláez fue escuchado. El fiscal adujo que al no haber ido a prisión a entrevistarse con su cliente preso, no estaba legitimado para actuar como acusador particular. El Supremo desechó este argumento y dio a Peláez la condición de "ofendido", posición que ahora queda reforzada por la presencia de Correa, como "ofendido o perjudicado" directamente por las escuchas.
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