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Los valencianos ya se casan con régimen de separación de bienes

En Cataluña, Aragón, Islas Baleares, Navarra también lo hacen.- El Gobierno recurrió la norma al TC pero el Ejecutivo de Camps asegura que la negociación sigue "abierta" para que lo retire

Hoy ha entrado en vigor la Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, lo que supone que todos los matrimonios que se celebren en la región a partir de ahora lo harán en régimen de separación de bienes y no de gananciales, como ocurría hasta la fecha y como sigue ocurriendo en casi toda España. Según la Generalitat, esta normativa responde a una demanda social: desde el año 2003 hasta la fecha el 75% de las personas que contraen matrimonio acuden a la notaría para acogerse al régimen de separación de bienes. Pero el Gobierno ha recurrido la normativa al Tribunal Constitucional.

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El Gobierno valenciano subraya que la nueva ley también contempla que cuando haya una sentencia firme por violencia de género, se beneficiará a la víctima del maltrato en cuestiones como la vivienda familiar. Además, incluye otras novedades, como la remuneración del trabajo doméstico o el reconocimiento del trabajo desarrollado en concepto de atención especial a hijos con discapacidad y a los ascendientes en régimen de dependencia económica y asistencial. Pero el gran cambio está en la separación de bienes, que elimina el trámite y los costes de contratar a un notario. La ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano establece que, a falta de carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales o cuando estas sean ineficaces, el régimen económico aplicable será el de separación de bienes, frente al de gananciales que hasta ahora se aplicaba.

En la mayoría de las comunidades autónomas se aplica con carácter general el régimen de gananciales, que supone que todos los bienes adquiridos a partir del día de la boda son de los dos miembros a partes iguales. Sin embargo, con el régimen de separación de bienes pertenecen a cada cónyuge los bienes que tuviese antes de la celebración del matrimonio, así como los que adquiera durante éste. Lo que ha aprobado ahora la Comunidad Valenciana ya en algunas regiones, donde prevalece el derecho foral. Es el caso de Cataluña, Aragón, Islas Baleares, Navarra y algunas zonas del País Vasco, donde se aplica por defecto el régimen de separación de bienes. Sin embargo, el Gobierno ha decidido recurrir la ley al Tribunal Constitucional, lo que retrasó la entrada en vigor de la normativa, prevista para el pasado 25 de abril. El recurso fue admitido a trámite por el alto tribunal, que acordó la suspensión de la aplicación de la norma. El Constitucional acordó el 12 de junio levantar esa suspensión, decisión que se publicó ayer en el BOE y permite la aplicación desde hoy de la ley.

"Un día histórico para los valencianos"

El consejero de Gobernación, Serafín Castellano, ha asegurado que las negociaciones con la ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, continúan "abiertas" para que el Gobierno retire el recurso. Castellano ha presidido la Comisión Permanente de Codificación Valenciana, tras la cual ha señalado que las conversaciones con la ministra continuarán esta semana para tratar lo que considera "una cuestión política" ya que, en su opinión, "con un sencillo acuerdo político el conflicto se termina por la vía rápida". En este sentido, el consejero ha apuntado que hoy "es un día histórico para los valencianos porque desde el año 1707 no había existido una ley con un contenido tan importante en derecho civil como la que hoy entra en vigor y que materializa la importancia de la reforma del Estatut de Autonomía realizada en 2006".

El titular de Gobernación se ha reunido además con los represenantes de los colegios de registradores de la propiedad, de notarios y de abogados, de los que ha destacado su colaboración en el desarrollo de la ley y su trabajo "fundamental" para su aplicación así como un canal de información sobre el alcance y el contenido de la norma. Así, los operadores jurídicos van a realizar en los próximos meses charlas y cursos por las distintas ciudades de la Comunidad para dar a conocer la ley, lo que coincide con la reanudación de la campaña publicitaria en los medios de comunicación.

Además, el consejero ha destacado otros aspectos de la norma como el reconocimiento del trabajo en el hogar a través de una compensación económica en caso de la liquidación del régimen económico matrimonial por cualquier causa de disolución del matrimonio. Castellano se ha referido también como "una de las novedades más importantes y que no está en ninguna ley de este tipo" a las sanciones patrimoniales que se contemplan en la normativa para aquellas personas que resulten condenadas en sentencia firme por delitos de violencia doméstica que afecten a la muerte del cónyuge. De este modo, las personas condenadas quedarían privadas de ciertos derechos como la atribución y adjudicación preferente del uso de la vivienda o de la pertenencia del ajuar doméstico.

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