Un joven de Huelva queda eximido de Ciudadanía
Un estudiante onubense de 3º de ESO ha sido eximido de asistir, por ahora, a las clases de Educación para la Ciudadanía. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido el recurso presentado por sus padres contra una resolución de la Consejería de Educación que negó al estudiante el derecho a la objeción de conciencia respecto a esta asignatura.
Es el segundo auto dictado por el alto tribunal que da la razón a los objetores, si bien, es el primero que tendrá efecto práctico porque el alumno estudia el curso en el que se imparte esta materia. El otro auto que suspende la obligación de estudiar Ciudadanía afecta a cuatro hermanos de Málaga, aunque no tendrá aplicación real por ahora, ya que ninguno estudia el curso en el que se da la asignatura.
La solución arbitrada por el centro en el que estudia el joven onubense, el IES Delgado Hernández, de Bollullos Par del Condado, consiste en eximir al estudiante de participar en la materia, pero sin que se ausente del aula. Según explicó ayer un miembro de la dirección del instituto, durante ese tiempo, el alumno se dedica a otras materias. Fuentes educativas señalan que la familia es cercana a un grupo religioso que se opone a Ciudadanía.
Medida necesaria
El auto judicial no se pronuncia sobre si debe reconocerse el derecho a la objeción de conciencia a la asignatura. Los miembros de la sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo consideran que existe "la necesidad" de adoptar la medida de forma cautelar para garantizar el derecho de los padres "a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".
El viceconsejero de Educación, Sebastián Cano, adelantó ayer que la Junta recurrirá el auto. "No compartimos el criterio del tribunal. Educación para la Ciudadanía es una asignatura obligatoria, como Matemáticas o el segundo idioma. Así lo recoge la LOE [Ley Orgánica de Educación]", señaló.
El TSJA ha emitido un tercer auto que, en esta ocasión, desestima el recurso de unos padres que pidieron que el tribunal le reconociera el derecho a objetar de Ciudadanía y que la Junta tuviera que reconocer esa objeción y no obligara a sus hijos a asistir a la clase. Los jueces desestiman la petición porque los progenitores han intentado una "cabriola jurídica" al no dirigirla a la Consejería y pedirla directamente al TSJA.
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