Boliden Apirsa pierde la demanda contra las empresas que hicieron la balsa de Aznalcóllar
La juez estima que la multinacional sueca no ha demostrado fallos de las constructoras
El Juzgado de Primera Instancia 9 de Madrid ha rechazado la demanda de la multinacional sueca Boliden Apirsa contra ACS, Intecsa, Geocisa y otras empresas españolas, a las que reclamó 248 millones de euros por los daños derivados del vertido tóxico de 1998 en Aznalcóllar, en los aledaños del Parque de Doñana. La juez rechaza la totalidad de la demanda de la multinaciona porque no se ha demostrado ningún incumplimiento contractual de las empresas que recrecieron la balsa de residuos de Minas de Aznalcóllar (Sevilla). Boliden anunció ayer un recurso.
Según la sentencia, los informes periciales demostraron "las graves dificultades que aún persisten para conocer la reacción de determinados materiales" del subsuelo, en este caso las conocidas como margas azules del Guadalquivir, y por ello Boliden no demostró en el juicio que las empresas que construyeron y recrecieron la balsa no utilizaran "las mejores técnicas aceptadas actualmente en el mundo", como se comprometieron en contrato.
El vertido del 25 de abril de 1998 de millones de metros cúbicos de metales pesados y lodos contaminados no solo causó "importantes daños y perjuicios" sino que "pudo llegar a ser uno de los mayores desastres ecológicos", según la juez. No obstante, la sentencia no aprecia ninguna "culpa o negligencia" en las empresas españolas que construyeron y supervisaron la balsa de residuos pues "las presiones de aguas intersticiales, la marcada fragilidad de la arcilla azul del Guadalquivir y la magnitud de las tensiones transmitidas al dique de contención" seguían siendo objeto de controversia entre los expertos cinco años después del siniestro.
Por ello, la juez no aprecia que Dragados y Construcciones (ahora ACS) "incumpliera, al elaborar el proyecto y el posterior recrecimiento, lo obligado contractualmente" ni que lo hiciera Geocisa en su informe de estabilidad de la presa.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia se basa en gran parte en el informe pericial que ya sirvió a la Audiencia de Sevilla para archivar, en el año 2001, la demanda penal por presunta negligencia dirigida contra técnicos de Boliden, de las empresas constructoras y de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) que debían supervisar la presa.
Así, destaca la juez: "No nos encontrábamos ante un terreno con antiguos deslizamientos por los que estuviera ya debilitado" y "la fragilidad de las arcillas no era pensable en la época del proyecto", mientras que "la teoría de la rotura progresiva que acogen los peritos judiciales no se discutía en 1978".
Junto a ello, los peritos concluyeron que la rotura de la balsa se hizo de una forma "inusual en estas formaciones y con necesidad de asignar a las margas o arcillas una estructura jamás considerada anteriormente, y no solo en el campo nacional".
La sentencia recoge además el debate en torno al agua contenida en la balsa, ya que durante el juicio las empresas demandadas calificaron como "imprudente" que la balsa de Boliden alojase más de nueve millones de metros cúbicos de agua por estar inicialmente prevista para la contención de residuos sólidos.
Por último, destaca que en la zona del Guadalquivir se sigue construyendo sobre las margas y que "sólo las circunstancias que rodearon a la explotación y al recrecimiento determinaron que surgiera un plano débil y esa fragilidad que eran totalmente impensables en 1978 y 1996". Al negar la responsabilidad contractual de las empresas constructoras, la juez rechaza igualmente cualquier condena a sus respectivas compañías aseguradoras, en una sentencia que además impone a Boliden el pago de todas las costas del juicio.
La rotura de la balsa en abril de 1998 provocó el vertido al río Guadiamar de cinco millones de metros cúbicos de aguas contaminadas. La mayoría de los proyectos para descontaminar y recuperar la zona, en los que participaron las consejerías de Empleo y Desarrollo Tecnológico, Agricultura y Pesca, Salud y Medio Ambiente, se desarrollaron a lo largo de un tramo fluvial de 4.634 hectáreas de extensión y 62 kilómetros de longitud entre la mina y los límites del Parque Nacional de Doñana.
Cuando se celebró el pasado año la audiencia previa al juicio, Boliden aseguró que en caso de perder el pleito no podría indemnizar a la Junta de Andalucía y a la CHG por los gastos de limpieza del vertido que provocó la rotura de la balsa minera en 1998.
El Gobierno y la Junta de Andalucía han pagado los 240 millones que costÓ la reparación del vertido de Aznalcóllar. Boliden ha declarado en quiebra a su filial en España y no ha pagado las multas impuestas por la Administración. El Tribunal Supremo ha confirmado que debe pagar 43,7 millones al Gobierno, que no ha abonado. La Junta intenta, por el momento sin éxito, embargar sus bienes en el extranjero.
Fuentes del despacho Garrigues, que defiende a la empresa, declararon en mayo del 2005 que el único capital de Boliden era la demanda formulada contra las constructuras, que ahora han perdido en primera instancia.
Nuevo recurso judicial
Los representantes legales de Boliden Apirsa tienen previsto recurrir la sentencia conocida ayer en la que se absuelve a las empresas constructoras de la balsa de contención de la mina de Aznalcóllar de su rotura el 25 de abril de 1998.
La empresa apuntó que, después de que las constructoras hayan salido absueltas, "vamos a analizar ahora la sentencia completa". Según informaron fuentes de la defensa de la multinacional sueca, la sentencia no es firme, por lo que cuentan con un plazo de cinco días para manifestar su voluntad de registrar un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Según indicaron ayer desde Estocolmo fuentes de esta multinacional, el proceso penal iniciado contra la empresa sueca fue finalmente archivado por la Audiencia Provincial de Sevilla y en dicho archivo se determinó que "en los hechos investigados no existió imprudencia grave que determinara responsabilidad de tipo penal". La empresa aseguró que en ese mismo proceso judicial, "se determinó que las causas del accidente fueron los errores cometidos en el diseño y construcción de la presa y no las actividades que Apirsa llevaba a cabo en la mina".
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