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La Suprema Corte ordena aplazar los amparos sobre prisión preventiva oficiosa en plena batalla por la reforma judicial

En una sesión privada, los jueces han suspendido de momento las decisiones sobre esta medida cautelar, defendida con uñas y dientes por López Obrador

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Los ministros en el pleno de la Suprema Corte, el 11 de junio.SCJN
Beatriz Guillén

En una sesión privada, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han aprobado aplazar los juicios de amparo que tratan sobre la prisión preventiva oficiosa hasta que el alto tribunal resuelva los proyectos que tiene pendientes desde hace meses. La decisión, que la ha dado a conocer la ministra Lenia Batres, llega en un momento de máxima tensión entre la Corte y el Gobierno, con la espada de una reforma sobre la cabeza del poder judicial federal. El Supremo está tratando de negociar contrarreloj con el Ejecutivo los alcances de la iniciativa presidencial, que pretende destituir de un plumazo a 1.600 juzgadores federales, entre ellos a los 11 ministros de la Corte. La prisión preventiva oficiosa ha sido descrita por Andrés Manuel López Obrador como un pilar de su estrategia de seguridad, y ahora, por primera vez, la SCJN ordena a los tribunales colegiados esperar hasta que el pleno de la Corte resuelva sobre esta polémica medida.

La prisión preventiva oficiosa se ha convertido desde hace meses en un arma arrojadiza entre el Gobierno y la Corte. Esta figura, que está recogida en el artículo 19 de la Constitución y permite enviar de forma automática a la cárcel a los acusados en una serie de delitos —que van desde el feminicidio o el secuestro hasta el robo dentro de una vivienda—, ha sido defendida con uñas y dientes por el gabinete de Andrés Manuel López Obrador. El Ejecutivo la considera fundamental para contener la crisis de inseguridad en la que está sumido el país, con más de 30.000 homicidios al año.

Sin embargo, hace más de un año que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) sancionó a México por ella, por el caso de Daniel García y Reyes Alpízar, los dos hombres que estuvieron 17 años y medio en prisión sin una sentencia. Para evitar que su caso se repitiera, el tribunal internacional ordenó al país eliminarla y “adecuar su ordenamiento jurídico, incluyendo sus disposiciones constitucionales, para que sea compatible con la Convención Americana”. Ni el Congreso —que tiene la facultad legislativa— ni la Suprema Corte —que está interpelada en la sentencia internacional— lo han hecho en estos 15 meses.

La SCJN tiene pendientes tres proyectos. El principal es el del ministro Jorge Pardo, el expediente 3/2023, que nace directamente para tratar de dar respuesta jurídica a la sentencia de la Corte Interamericana. Es el más ambicioso de todos, porque supone inaplicar el artículo 19 de la Constitución para dejar sin vigencia a la prisión preventiva oficiosa. Necesita solo de seis de los 11 votos del pleno para salir adelante. Este fue la diana de los ataques del Ejecutivo. “Yo espero que la Suprema Corte recapacite, entre en razón y que no aprueben ese cambio porque va a significar impunidad, aunque lo que hemos visto últimamente es lamentablemente muy aleccionador de lo cínico, de lo descarado, que están actuando jueces y magistrados y ministros”, dijo López Obrador en mayo. Ante la ofensiva, la Corte decidió aplazar la decisión hasta después de las elecciones.

El triunfo arrollador del 2 de junio de Morena, que le da la mayoría suficiente para hacer cambios constitucionales, cambió el tablero del juego. La reforma judicial propuesta por el presidente se convirtió en un hecho inevitable y la casa del poder judicial federal entró en estado de emergencia. Después del shock, la presidenta de la SCJN, Norma Piña, y algunos de los ministros empezaron a buscar diálogo con el Gobierno para tratar de atenuar puntos de la reforma, en especial, los que tienen que ver con la consulta popular de 1.600 jueces, magistrados y ministros. En esa maniobra de negociación, se incluyó la participación de los ministros en los diálogos organizados por el Congreso, donde pidieron una implementación paulatina de la reforma. Al día siguiente, López Obrador lo aceptó.

En esta nueva fase de acercamiento se enmarca la decisión que se tomó el lunes en la Corte a puerta cerrada. Todo parte de un amparo desde Puebla. El 18 de abril de 2023, M. H. B. quien estaba en prisión preventiva oficiosa desde marzo de ese año en el CERESO de San Miguel, en Puebla, acusada del delito de trata de personas, reclama la medida cautelar porque vulnera sus derechos. Esta mujer presenta ese amparo unos días después de que la Corte Interamericana hubiera ordenado a México eliminar la prisión preventiva oficiosa. Sin embargo, un juez de distrito se lo niega. Ella interpone un recurso de revisión en junio que llega al Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Sexto Circuito con el número 198/2023.

Es este tribunal colegiado el que en septiembre solicita a la Suprema Corte que atraiga el caso. Esa solicitud llega al ministro Jorge Pardo. El 28 de febrero, la primera sala del Supremo decide no atraer el caso “al existir diversos asuntos relacionados con la prisión preventiva oficiosa”: el ya mencionado expediente 3/2023, el amparo en revisión 284/2022, del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, y una acción de inconstitucionalidad 49/2021, presentada por la ministra Margarita Ríos Farjat. Así en abril, se devuelve el asunto al tribunal colegiado.

El 9 de mayo, por mayoría de los magistrados de este tribunal, se solicita a la Corte ahora que aplace la resolución del amparo, “así como todos aquellos que guarden similitud, hasta en tanto se resuelva sobre la convencionalidad de la prisión preventiva oficiosa”. En otras palabras, el tribunal aduce que no puede pronunciarse sobre el amparo de M. H. B. hasta que la Suprema Corte resuelva sus proyectos y emita el criterio que va a imperar sobre la prisión preventiva oficiosa.

El asunto estaba, hasta este lunes, guardado en un cajón. “La convencionalidad de la prisión preventiva oficiosa es un tema pendiente por resolver por esta SCJN”, se lee en el posicionamiento sobre este asunto, el segundo en el orden del día, al que ha tenido acceso EL PAÍS. Entre los motivos para conceder el aplazamiento a los magistrados, se establece que si se obliga a un tribunal colegiado a resolver ese amparo se le estaría “delegando” resolver si la prisión preventiva oficiosa “vulnera derechos fundamentales contenidos en la Convención Americana”.

Por eso, el pleno de forma privada ha decidido “ordenar la suspensión de la tramitación de todos los amparos pendientes de resolución en cualquier tribunal colegiado del país, cuyo tema de fondo sea la validez de la prisión preventiva”, ha dado a conocer la ministra Lenia Batres, el alfil del Gobierno de López Obrador en la Corte, quien ha celebrado la “buena decisión ante las circunstancias actuales”. Ha añadido: “Es una medida precautoria, para evitar que cualquier instancia jurisdiccional emita fallos que resulten contradictorios con el criterio general que fijará la SCJN”.

En México hay 68.000 personas en prisión preventiva oficiosa, según datos del Gobierno. Muchos de ellos, después de estar encerrados durante años esperando una sentencia, salen absueltos. La figura, que es una anomalía en el resto de Latinoamérica, “es contraria las garantías internacionales”, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), que la considera un encarcelamiento por adelantado. Además, el país cuenta con dos prisiones preventivas, la justificada —que también implica que el acusado siga su proceso judicial en la cárcel, pero porque un juez considera que existe riesgo de fuga o de dañar a la víctima— y la oficiosa, que es la que se aplica de forma automática. El tribunal internacional solo exige modificar esta última.

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Sobre la firma

Beatriz Guillén
Reportera de EL PAÍS en México. Cubre temas sociales, con especial atención en derechos humanos, justicia, migración y violencia contra las mujeres. Graduada en Periodismo por la Universidad de Valencia y Máster de Periodismo en EL PAÍS.
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