Cómo reclamar la devolución de las declaraciones al SAT de años anteriores
A través del portal del Servicio de Administración Tributaria se puede solicitar el saldo a favor de hasta cinco años anteriores


De acuerdo con el artículo dos de la Ley Federal de Derechos del Contribuyente, este tiene derecho a solicitar la devolución del saldo a favor que haya resultado de sus declaraciones de impuestos de hasta cinco años anteriores.
El saldo a favor aparece cuando se paga más de lo que se debía, ya sea por las retenciones que hace el patrón o el cálculo de impuestos que realizaron durante el año fiscal las personas físicas o morales.
Requisitos para solicitar devoluciones anteriores
Los dos requisitos principales son, haber presentado la declaración del año del que se busca la devolución en el momento oportuno y el pago de impuestos correspondiente al mismo año. De no ser así, podría provocar multas o problemas legales.
Es necesario que quien busca la devolución cuente con e.firma vigente y el archivo electrónico que genera el SAT. También debe anexar un estado de cuenta no mayor a dos meses, en cuyo contenido se incluya Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y CLABE interbancaria.
Cómo hacer el trámite para la devolución
El trámite se realiza en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Al ingresar a la cuenta, el solicitante debe ir a la sección de trámites y seleccionar la opción de devoluciones y compensaciones. Dentro de esa sección se podrá solicitar la devolución con un formato pre llenado. El contribuyente necesita asegurarse de que todos los datos sean correctos. Una vez hecho esto, simplemente debe aceptar la información, subir a la nube los archivos que se pedirán, firmar el trámite, enviar, guardar e imprimir.
Una vez que se realice la devolución, el interesado puede darle seguimiento a su trámite en el portal del SAT, en la sección “Consulta tu devolución automática”.
Cuánto tarda la devolución
Existe un plazo de 10 a 40 días hábiles máximos.
Solicitud de devolución del último ejercicio fiscal
En el caso de la devolución obtenida de la declaración hecha en 2023, es decir, del ejercicio fiscal 2022, una parte del trámite se hace al mismo momento que la declaración. Se necesita añadir la CLABE interbancaria y el nombre del banco de dicha cuenta antes de finalizar la declaración.
Además, como con las devoluciones de años anteriores, el contribuyente debe dirigirse a la opción de devoluciones y compensaciones del portal. Seleccionar la opción de devolución y proporcionar los documentos requeridos, que pueden ser estados de cuenta, recibos de nómina o alguna declaración pertinente. El SAT informará al solicitante a través del buzón tributario o en el apartado donde realizó el trámite. Si la solicitud fue rechazada, el SAT permite efectuar las correcciones pertinentes para que la devolución proceda.
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