Andalucía investigará el uso terapéutico del hachís para enfermos de sida, cáncer y asma

La Junta de Andalucía ha dado el primer paso para embarcarse en un proyecto de investigación del uso terapéutico del hachís (Cannabis sativa) como paliativo de determinados síntomas del sida, cáncer, asma, Parkinson o esclerosis múltiple. Como ya hizo cuando planeó el suministro controlado de heroína a toxicómanos terminales, ha elaborado un informe jurídico que concluye que el suministro médico de hachís es legal bajo estrictas condiciones y que incluso se podría recetar un derivado sintético de THC (D9-tetrahidrocannabinol), el más potente principio activo del hachís.

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La Junta de Andalucía ha dado el primer paso para embarcarse en un proyecto de investigación del uso terapéutico del hachís (Cannabis sativa) como paliativo de determinados síntomas del sida, cáncer, asma, Parkinson o esclerosis múltiple. Como ya hizo cuando planeó el suministro controlado de heroína a toxicómanos terminales, ha elaborado un informe jurídico que concluye que el suministro médico de hachís es legal bajo estrictas condiciones y que incluso se podría recetar un derivado sintético de THC (D9-tetrahidrocannabinol), el más potente principio activo del hachís.

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El comisionado andaluz para las drogas, José Manuel Rodríguez, dependiente de la Consejería de Asuntos Sociales, pretende investigar la eficacia terapéutica del hachís, una droga usada por los asirios como fármaco en el siglo VII antes de Cristo, incluida en el Herbario de Dioscorides (año 60 a. C.) y que la medicina occidental usó durante 2.000 años.El aumento de las pesquisas sobre el uso terapéutico del hachís fue sugerido en su último informe por la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes de la ONU, que recomendó "emprender investigaciones científicas bien fundadas sobre las posibles propiedades terapéuticas y usos médicos del cannabis, a fin de obtener datos más fiables sobre una cuestión que hasta ahora se ha abordado de manera anecdótica".

La investigación intentaría confirmar estudios realizados en Holanda, EE UU o Reino Unido sobre el uso del cáñamo y sus derivados "en terapias del dolor, como antiemético (antináuseas) y como estimulante del apetito en enfermos de cáncer sometidos a quimioterapia y en pacientes de sida", según el informe de la Junta. También se intentarían investigar otros empleos médicos sobre los que no hay "pruebas sólidas que respalden la extensión de su uso". Entre éstos estaría la utilización como "broncodilatador en el asma, anticonvulsivo en el Parkinson y la esclerosis múltiple o como vasodilatador en enfermos de glaucoma".

Lo primero que hizo el Comisionado fue encargar el citado informe jurídico al Instituto Andaluz Interuniversitario de Criminología, dependiente de las facultades de derecho de Málaga y Sevilla, y que también elaboró el informe sobre el Plan Heroína de la Junta, ahora bloqueado por el Gobierno central.

El estudio, de 39 páginas y asumido por la Junta como propio, desbroza la doctrina del Tribunal Supremo sobre la aplicación del artículo 368 del Código Penal, que castiga el tráfico de drogas. La conclusión es que, bajo estrictas condiciones, "la dispensación del cannabis en el marco de un tratamiento curativo o paliativo no plantea problemas jurídico-penales, por no estar tipificada como conducta punible en nuestro Código Penal".

Dichas condiciones son que el destinatario de la sustancia sea un enfermo "con síntomas para los que esté indicada médicamente la administración" y que ésta se haga "en el marco de un tratamiento curativo o, al menos, paliativo". Además, se le debe suministrar directamente el cannabis al paciente en un centro ad hoc, para evitar un eventual riesgo de tráfico delictivo. El ensayo clínico en humanos necesita autorización del Ministerio de Sanidad, ante el que se debe presentar "un protocolo médico científico de investigación" respaldado por un comité ético sanitario.

La posibilidad de que se pueda recetar THC sintético para que los pacientes pudieran comprarlo en una farmacia, dice el informe, "son mucho más amplias que con respecto al cannabis en sí o su resina". Esto es así porque el THC está incluido en la lista II del real decreto 2829/1977, lo que implica que puede ser fabricado o importado bajo licencia y, "lo más importante, dispensado en oficinas de farmacia mediante prescripción en receta médica".

El informe agrega que el hecho de que no se hayan separado los efectos terapéuticos "de las propiedades psicoactivas, no siempre deseadas por el enfermo, no desvirtúa lo dicho", porque lo mismo ocurre con sustancias como la morfina (tratamiento del dolor), la cocaína (anestésico local) o las anfetaminas. No obstante, existen sintéticos de cannabis (nabilona, dronabinol o cannador) que han logrado reducir los efectos no deseados.

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