El Constitucional veta las partidas presupuestarias que invadan la autonomía catalana

El Tribunal Constitucional declaró ayer inconstitucionales varias partidas de los presupuestos generales del Estado de 1988 y 1989, por invadir competencias de la Generalitat de Cataluña. En la sentencia que estima parcialmente el recurso de la Generalitat de Cataluña, el alto tribunal limita el alcance de tal declaración a impedir tales partidas en futuros presupuestos.La sentencia, de 155 folios de extensión y de la que ha sido ponente el magistrado Álvaro Rodríguez Bereijo, razona que la anulación de las partidas presupuestarias declaradas inconstitucionales supondría "graves perjuicios y p...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

El Tribunal Constitucional declaró ayer inconstitucionales varias partidas de los presupuestos generales del Estado de 1988 y 1989, por invadir competencias de la Generalitat de Cataluña. En la sentencia que estima parcialmente el recurso de la Generalitat de Cataluña, el alto tribunal limita el alcance de tal declaración a impedir tales partidas en futuros presupuestos.La sentencia, de 155 folios de extensión y de la que ha sido ponente el magistrado Álvaro Rodríguez Bereijo, razona que la anulación de las partidas presupuestarias declaradas inconstitucionales supondría "graves perjuicios y perturbaciones, también en Cataluña, a los intereses generales, afectando a situaciones jurídicas consolidadas, y particularmente a la política económica y financiera del Estado".

Entre las partidas declaradas inconstitucionales figuran las dedicadas, a través del Insalud, a gastos de formación continuada del personal sanitario, servicios de asistencia psiquiátrica, afectados por el síndrome tóxico y asistencia religiosa en centros hospitalarios. También las atenciones extraordinarias directas de Educación "a todas las Universidades" y la trasnferencia de Asuntos Sociales para familias e instituciones sin fines de lucro.

Archivado En