La Constitución, en el Pleno del Congreso

Sólo el Estado tendrá potestad originaria para establecer tributos

El Pleno del Congreso de los Diputados inició los debates sobre el proyecto de Constitución con el estudio del artículo 127, que regula la potestad de establecer tributos. La enmienda del PNV. que intentaba compartir dicha potestad entre el Estado y las comunidades autrtomías, fue rechazada.En defensa de la citada enmienda. Pedro Sodupe criticó el término originaria, referido a la potestad estatal de establecer tributos. Consideró Una fórmula más correcta establecer que dicha potestad se comparte por el Estado y las comunidades autónomas, sin que ello ponga en cuestión las funciones que...

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El Pleno del Congreso de los Diputados inició los debates sobre el proyecto de Constitución con el estudio del artículo 127, que regula la potestad de establecer tributos. La enmienda del PNV. que intentaba compartir dicha potestad entre el Estado y las comunidades autrtomías, fue rechazada.En defensa de la citada enmienda. Pedro Sodupe criticó el término originaria, referido a la potestad estatal de establecer tributos. Consideró Una fórmula más correcta establecer que dicha potestad se comparte por el Estado y las comunidades autónomas, sin que ello ponga en cuestión las funciones que corresponden a la Hacienda central. Rechazó. sin embargo, el alcance último del artículo 127, al cuestionar los regímenes económico-administrativos de Alava y Navarra y significar una dificultad para establecer los de Guipúzcoa y Vizcaya. suprimidos -dijo-. «por un decreto de guerra dictado por el general Franco».

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Megó que la amnistía no había afectado a la derogación de estos decretos, privando al País Vasco de un instrumento de vital importancia para el desarrollo de su autonomía. Ya que Sin autonomía económica «poco podemos hacer».

Por UCD el señor Bravo de Laguna manifestó que la redacción del artículo 127 se derivaba del concepto de soberanía, ya que el Estado no es lo mismo que la Adininistración central. «La soberanía que emana del pueblo es única -dijo- lo cual no quiere decir que deba ser centralizada en el ejercicio.» Defendió la redacción del artículo 127 como armónica, y que no suportía dificultades para la autonomía financiera de las comunidades autonomías, suficienterriente aarantizada.

La crírnienda fue rechazada con dieciocho votos a favor, 222 en contra Y diecinueve abstenciones.

El Tribunal de Cuentas

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El comunista Ramón Tamames defendió una crimienda por la que pretendía que se diera un tratamiento Unitario a los proyectos gubernamentales y a las proposiciones de Iey emanadas del Parlaniento que inipliquen un aumento de inistos o una disminución de ingresos de los presupuestos generales del Estado. La enmienda fue rechazada por 32 votos a favor, 143 en contra y 103 abstenciones, tras la intervención en nombre de UCD. de Juan Echeverría, quien manifestó que, de aceptarse la enmienda comunista, el Gobierno podría quedar maniatado. especialmente en materia de política de precios.

De nuevo en nombre del Grupo Comunista, el señor Tamames defendió una enmienda contraria a establecer una jurisdicción propia al Tribunal de Cuentas. que debería depender totalmente del Parlamento.

Frente a esta tesis. el señor Fraga defendió el texto del proyecto que estimó de los menos malos salidos de la Comisión: Jaime García Año eros (UCD) manifestó que dicho Tribunal, por delegación de la, Cortes, controlará las cuentas de las comunidades autónomas y de los entes locales.

La enmienda comunista fue rechazada por veintinueve votos a favor, 149 en contra y 103 abstenciones.

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