Recurrida la consulta sobre los toros en San Sebastián del 19 de febrero

La Abogacía del Estado pide la suspensión y el Ayuntamiento asegura que seguirá adelante

La Abogacía del Estado ha presentado un recurso contra la convocatoria de la consulta sobre la celebración de festejos taurinos en San Sebastián, prevista para el 19 de febrero, y ha pedido su suspensión como medida cautelar hasta que el juez decida al respecto.

El Ayuntamiento donostiarra ha informado de la interposición de este recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de la capital guipuzcoana, que fue presentado el pasado 29 de agosto y admitido a trámite el 1 de septiembre.

La Abogacía del Estado expone que el Ayuntamiento realizó la convocatoria, aco...

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La Abogacía del Estado ha presentado un recurso contra la convocatoria de la consulta sobre la celebración de festejos taurinos en San Sebastián, prevista para el 19 de febrero, y ha pedido su suspensión como medida cautelar hasta que el juez decida al respecto.

El Ayuntamiento donostiarra ha informado de la interposición de este recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de la capital guipuzcoana, que fue presentado el pasado 29 de agosto y admitido a trámite el 1 de septiembre.

La Abogacía del Estado expone que el Ayuntamiento realizó la convocatoria, acordada por la Alcaldía el pasado 14 de julio, pese a que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) había anulado dos meses antes el Reglamento de Consultas Ciudadanas, decisión recurrida en casación ante el Supremo, que aún no ha emitido sentencia firme sobre el caso.

Además, destaca que la consulta, "a celebrar el 19 de febrero de forma presencial y, mediante votación 'on line', del 6 al 17", se ha convocado "sin haber recabado con carácter previo, la preceptiva autorización del Gobierno de la nación y sin que haya sido aprobada previamente por el pleno de la corporación".

La Abogacía del Estado cita la jurisprudencia para recalcar que es "incuestionable el sometimiento imperativo" de todas las consultas populares municipales a la autorización del Gobierno.

Alega además, que la suspensión cautelar de la cita del 19 de febrero, no causará "una perturbación grave de los intereses generales o de terceros, toda vez que tales hipotéticos intereses no pueden tener cobertura en situaciones manifiestas de ilegalidad, cual es el caso que nos ocupa".

La concejala de Participación, Duñike Agirrezabalaga, ha manifestado en un comunicado que no les sorprende la decisión de la Abogacía del Estado porque "era lo esperado", aunque ha advertido de que el consistorio va a oponerse a la suspensión cautelar de la consulta.

Ha asegurado que el Ayuntamiento mantendrá, no obstante, "todos los trámites y procedimientos" para dotarse de un nuevo reglamento que le permita "llevar adelante la consulta" -el nuevo texto se encuentra en fase de tramitación-.

El TSJPV anuló en mayo el anterior reglamento tras aceptar los argumentos del Estado, que consideraba que la normativa municipal impugnada contenía una figura, la de la consulta popular no refrendaria, que en realidad significaba un "auténtico referendo que traslada miméticamente el de la Ley Catalana 10/2014".

La Sala entendió que esa norma pretendía pasar por meras "consultas" procesos que constituyen auténticos referendos, lo que va en contra de la Ley de Bases de Régimen Local.

Agirrezabalaga añade que lo que ha hecho la Administración del Estado ahora es solicitar la suspensión cautelar de la consulta "porque sabe que el contencioso sobre la propia consulta tardará en resolverse dada la lentitud de la Justicia en este país y que, por tanto, no estará resuelto para la fecha de su celebración", ha señalado.

"Al margen de recurrir esa suspensión cautelar, tendremos que esperar a la resolución del contencioso interpuesto contra la misma y el reglamento de consultas del Ayuntamiento", ha agregado.

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