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La Corte Constitucional declara el derecho a cuidar y ser cuidado

Una tutela obliga a una EPS a pagar el cuidador permanente de un niño de cuatro años con síndrome de Down y otras enfermedades

trabajo de cuidados
Una pediatra enseña el sonido de su corazón a un niño con síndrome de Down, en Colombia, en agosto de 2022.Anderson Piza (Getty Images)
Daniela Díaz

“Las éticas del cuidado entonces buscan entender asuntos relacionados con la asistencia y el apoyo del otro como de interés central para la humanidad. Plantean así la necesidad de entender la ética desde el marco del amor, la empatía y la conexión con otros”, dice la sentencia T-583-23 de la Corte Constitucional, en la que declara que existe un derecho fundamental al cuidado. A esa decisión llegó tras estudiar el caso de un niño de cuatro años con síndrome de Down, apnea del sueño, hipertrofia de las amígdalas y síndrome de epilepsia, al que su entidad promotora de salud (EPS) le negó el servicio de un cuidador permanente. Eso, pese a que su madre demostró que ella es cabeza de familia, trabaja todo el día y el menor necesita un cuidador para asistir a una serie de terapias que son imprescindibles para su salud. En la sentencia, la Sala explica que el cuidado es un derecho humano que implica que “los sistemas de salud deban adecuarse para prestarlo cuando se encuentra estrechamente vinculado con la vida digna de las personas”. Además, tutela el derecho del menor a la salud y le ordena a la EPS que, máximo dos días después de ser notificada del fallo, debe autorizar el servicio de cuidador al niño por las horas que sean necesarias.

Más allá del caso específico y del derecho a la salud, el reconocimiento de la importancia del cuidado tiene ecos sobre toda la sociedad. El movimiento feminista ha impulsado por años el reconocimiento de los trabajos de cuidado remunerados y no remunerados, refiriéndose a las labores que permiten sostener la vida en sociedad y que históricamente han recaído en las mujeres, como preparar la comida para la familia, pagar las cuentas, barrer, lavar, o atender a familiares enfermos, todos ellos usualmente sin remuneración alguna. De acuerdo con el DANE, ese trabajo doméstico representa alrededor del 20% del Producto Interno Bruto (PIB) de Colombia.

La Mesa Intersectorial de Economía del Cuidado (MIEC) es un grupo de organizaciones de la sociedad civil e instituciones académicas que han jugado un papel clave a la hora de incidir por ese reconocimiento en las políticas públicas en Colombia. En un comunicado sobre la sentencia, la Mesa celebró la decisión: “Este reconocimiento es fundamental para generar condiciones propicias que permitan conciliar la vida personal, familiar y laboral de las personas que asumen el cuidado cotidiano”. Una de sus integrantes, la economista Ana Isabel Arenas, asegura a EL PAÍS que si bien la decisión es muy importante, sigue siendo insuficiente, ya que el cuidado debería tener un rango constitucional para tener una mayor protección y mejores garantías de cumplimiento.

Arenas resalta el impacto que tiene la sentencia en la lucha que hace años vienen dando las feministas en la región. Recuerda que ya han conseguido notables avances en Uruguay, donde desde el 2020 tienen un Sistema Nacional de Cuidado desarrollado; en Argentina, que en 2021 creó el Sistema Federal de Cuidados; o en México que elevó derecho al cuidado a nivel constitucional.

lucha contra el síndrome de alienación parental
Patricia Rodríguez alista a su nieta Yoselyn para llevarla al jardín, en Soacha, Colombia, en julio de 2022.NATHALIA ANGARITA

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En el fallo, la Corte insta al Gobierno a que desarrolle el Sistema Nacional de Cuidado, un mecanismo mediante el cual se busca implementar políticas públicas, programas y proyectos que promuevan una nueva organización social de las tareas de cuidados, donde el derecho a cuidar y ser cuidado esté garantizado para todas las personas. La Sala también exhorta a que su materialización se considere prioridad. Una orientación en la que la administración Petro ha avanzado. No solo porque fue una de sus promesas de campaña —en particular de la hoy vicepresidente Francia Márquez—, sino que en el nuevo Ministerio de Igualdad existe una oficina dedicada a implementar el Sistema Nacional de Cuidados. La dirige Natalia Moreno, quien fue una de las encargadas de poner en marcha a nivel distrital el primer Sistema de Cuidados en el país, durante la administración de la exalcaldesa Claudia López en Bogotá.

Moreno asumió su cargo hace un año. Desde entonces, según ha publicado el Ministerio, se han realizado 21 encuentros con diferentes comunidades para recoger insumos que permitan diseñar los modelos territoriales del Sistema. El reto de aterrizar el esquema a la diversidad geográfica se refleja en que el Ministerio ha realizado encuentros en los Montes de María, en el Caribe colombiano, pero también en los departamentos de Nariño y Cauca, en el suroccidente.

Arenas, que ha dedicado más de dos décadas a la teorización de la economía del cuidado en Latinoamérica, considera que el Sistema será una piedra angular en la promoción de la autonomía económica de las mujeres que se ha identificado es una tarea fundamental en la prevención de la violencia de género, pues, le permite a las mujeres acceder, generar y controlar sus ingresos, desarrollando mayor independencia.

En el mismo marco se situó la Corte Constitucional en su sentencia. En el texto subraya la feminización de los cuidados que generan los estereotipos de género. “El cuidado debe atender la desigualdad en el ejercicio de dicho derecho que han tenido que asumir históricamente las mujeres”, se lee en el documento. A renglón seguido, los magistrados añaden que el cuidado es una herramienta que fortalece el tejido social, y resaltan cómo para la población de la tercera edad, la niñez, o las personas con algún nivel de discapacidad, los cuidados suponen el pilar de una vida plena.

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Daniela Díaz
Es fotoperiodista colombiana, colaboradora en medios como NACLA, The Humanitarian y Al Jazeera, especializada en temas de género y construcción de paz.
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