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Los campos de golf especiales podrán utilizar agua potable

La norma que obligará a los campos de golf andaluces a utilizar para el riego agua depurada o no apta para el consumo humano, tendrá también su excepción en el decreto que el Gobierno autonómico pretende aprobar antes de las elecciones. Igual que ocurre en el caso de los usos residenciales, también en este caso son los llamados campos de golf de interés turístico los que podrán beneficiarse de la excepción, siempre que exista excedente para el consumo humano y con un máximo que en ningún caso cubre toda la necesidad de riego que requiere un campo.

Hasta ahora ninguno de los borradores del decreto sobre golf había incluido excepción alguna sobre el uso de agua. Pero en el texto definitivo se ha ampliado la regulación, introduciendo posibilidades de usos de otras fuentes y las condiciones para hacerlo en el capítulo 9.

"Interés turístico"

El apartado tercero de este capítulo establece que "no se utilizarán caudales destinados al consumo humano para el riego de los campos de golf". Pero a continuación, el apartado cuatro determina que "si las circunstancias del abastecimiento humano no lo desaconsejan y las condiciones de recursos lo permiten, cuando se trate de un proyecto de golf de interés turístico se podrá autorizar, como complementario al riego en la forma prevista en el apartado 2

[uso de aguas regeneradas], el uso de aguas procedentes de otras fuentes, con un máximo por campo de 100.000 metros cúbicos por año para los campos de 18 hoyos y proporcionalmente en los demás, destinado exclusivamente al riego de greens y al lavado general de las calles, de modo que permita mantener el nivel de calidad del campo y quede asegurada su competitividad turística".

Como norma general, el decreto determina que los campos de golf "deberán ser regados con aguas regeneradas". Y para cuando no exista disposición de un caudal suficiente de agua reciclada, el decreto contempla otras fuentes con prelación de uso: aguas subterráneas que por sus características de calidad no puedan tener otro uso, aguas superficiales procedentes de modificación de las características de la concesión otorgada con anterioridad para regadío, aguas pluviales y las procedentes de iinstalaciones de desaladoras.

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Las excepciones se justifican en que existirán campos de golf que al no tener cerca núcleos residenciales que utilicen aguan no hay por tanto posibilidad de reciclado.

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