La temporalidad de la relación laboral
El autor analiza el malestar de las cúpulas sindicales por el fenómeno laboral que titulan "precarización del contrato de trabajo" fenómeno que no es otro, asegura, que la proliferación de la contratación temporal como medio que considera eficaz para acabar con el importante desatre social que representa un desempleo que afecta a casi tres millones de trabajadores españoles.
La solución al paro está implantada por el Gobierno de la nación mediante una meditada normativa que rompe la inflexibilidad establecida por la legislación anterior en cuanto a duración indefinida de los contratos de trabajo.Después hay que decir que, gracias a la contratación temporal, se ha logrado la incorporación de muchos trabajadores al sistema productivo, en momentos en que determinadas actividades están saliendo de una tenebrosa crisis económica que ha durado más de 10 años. Basta este dato para comprobar mi afirmación:
En el mes de mayo de 1988, por primera vez en muchos años, se ha superado en Madrid la cifra de 50.000 contratos mensuales, que por su naturaleza se dividen así: fijos, 10.000; temporales, 40.000.
Porque lo que resulta innegable es que las empresas no han podido ni podrán quedar sometidas en el futuro al yugulador compromiso de mantener de por vida cada puesto de trabajo que creen, so pena de exigirles un imposible: mantener la invariabilidad cualitativa y cuantitativa de su producción a través de los años, en un mercado cambiante y competitivo, donde la adaptación a las nuevas tecnologías y las exigencias de los consumidores, exigen una movilidad en el factor humano tanto en número como en especialización, para situarse en línea de competencia, es decir, para asegurar la supervivencia de la empresa.
Estas realidades son constantemente olvidadas por las cúpulas sindicales cuando hablan de "lucha contra la contratación temporal" o contra la "precarización del contrato de trabajo" o cuando se lanzan con los más asombrosos argumentos para sostener la necesidad de que todo empleo sea fijo, inmodificable a través del tiempo y de las imprevisibles mutaciones y cambios de rumbo empresarial o de situación en el mercado, con el único objetivo de que los trabajadores mantengan los grandes beneficios que establecen los artículos 3 8, 40 y 41 del Estatuto de los Trabajadores, cuando, además, los defensores de tales consignas saben que las cambiantes circunstancias actuales que rodean a la producción exigen una contratación
temporal más amplia que la que permite hoy la legalidad.
Plantillas variables
Y si nos centramos en la construcción, industria temporal por naturaleza, esencialmente móvil o itinerante en cuanto al previo desconocimiento de la localización geográfica de sus centros de trabajo, surgidos en su mayor parte de la incógnita que representa una reñida licitación y plantillas muy variables por la intervención necesaria de múltiples especialidades, que se sustituyen rápidamente durante un proceso constructivo que culmina con su terminación, la posición del señor Garnacho, secretario general de la Federación de Construcción de UGT, raya ya en lo insólito y lesivo para el sector. Iniciar una campaña que "haga frente a los empresarios contra la contratación temporal" (EL PAÍS, 29-6-88), además de ser un claro ataque a la indiscutible política gubernamental, que es la autora de las normas que combate el dirigente sindicalista-socialista, revela una grave ignorancia de la actividad constructora, y un intento coaccionante en los momentos en que esta actividad es pieza maestra de dos grandes acontecimientos españoles, de dos focos de trabajo para muchas personas desempleadas: la Olimpiada de Barcelona y la Exposición de Sevilla, cuya realización es puesta en peligro por una serie de huelgas realizadas o anunciadas por las centrales sindicales denominadas mayoritarias.De otra parte, los argumentos que fundamentan la oposición a la contratación temporal no son válidos, porque, lógicamente, partiendo de que se van a crear en un reducido número de puestos de trabajo de duración indefinida, como está demostrando machaconamente la realidad durante estos últimos años, será personal y socialmente preferible que el trabajador esté colocado durante un determinado período de tiempo a que permanezca apartado de toda actividad laboral en la desesperante lista del Inem. Porque es incierto, totalmente incierto, que la reducción general de jornada laboral provoque un incremento de los puestos de trabajo, como aplicación del principio de que si hay poca actividad, debemos repartirla entre más personas. Las estadísticas dicen todo lo contrario, y así vemos que, a partir de la entrada en vigor de la Ley 4/83, de 29 de marzo, por la que se fijó la jornada máxima de 40 horas semanales y se establecieron en 30 días naturales las vacaciones anuales mínimas, la cifra de parados aumentó vertiginosamente hasta llegar a los tres millones. Esta llamada conquista sindical, realizada en plena crisis, fue una de las grandes causas de esa escalofriante galopada del paro hasta cotas difícilmente concebibles y, sobre todo, del paro más doloroso y amenazador: el juvenil.
Empresa y sindicato
Y, naturalmente, el argumento de que la contratación temporal dificulta la labor de sindicalización en la empresa, al estar el personal contratado bajo esa modalidad sólo atento a la renovación o prórroga de su contrato de trabajo -argumento que pocas veces se menciona en la prédica sindicalista, pero que subyace en toda oposición al sistema de movilidad laboral-, hemos de hacer constar que si todos los empresarios creemos en la necesidad de que existan sindicatos fuertes y representativos, estimamos que en primer lugar y por encima de cualquier pretensión de potenciación sindical está la necesidad de que la iniciativa privada genere el abundante empleo que resuelva el gravísimo problema nacional del paro, tanto por la vía de la aparición de nuevas empresas como por el fortalecimiento al máximo de las existentes. Piénsese también, por muy doloroso que sea para el auténtico sindicalismo, en que sin empresa no hay sindicato y sin sindicato puede haber empresa, hecho demostrable con echar una mirada atrás o dirigirla hacia los llamados países del Este europeo.También es momento de recordar al señor Garnacho que la Confederación Nacional de la Construcción (CNC) lleva mucho tiempo esperando a que se decida a formar la mesa negociadora para la iniciación de la sustitución de la vigente y vetusta Ordenanza Laboral de la Construcción, por medio de una negociación colectiva de ámbito nacional que dote al sector de una normativa laboral acorde con las exigencias de una moderna relación de trabajo sectorial.
Y, por último, quiero decir que seguir hablando del empresario como enemigo del trabajador o del trabajador como enemigo del empresario es no sólo estar anclado en 1898, sino, además, dejar evidenciado que se carece de imaginación para renovar unas consignas más obsoletas que la referencia al arco y las flechas cuando se habla de guerra moderna.
Son momentos, según mi opinión y la de muchos trabajadores, técnicos y empresarios, de reflexión y serena discusión de cuantos problemas van a surgir de una relación laboral actualizada, válida para los tiempos en que la competitividad es el objetivo máximo de todos los que intervienen en la producción, y no podemos seguir anulando con huelgas y conflictos increíbles el esfuerzo de adaptación que se está realizando en legítima defensa de nuestra producción industrial.
No podemos seguir exigiendo, por ejemplo, que se elimine la temporalidad de la relación laboral en la construcción, cuando esta temporalidad es una consecuencia esencial y directa de aquella actividad económica de especialísimas características.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.